Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 128 de 03/07/2013

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 11 de enero de 2013, del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Cádiz, dimanante de procedimiento ordinario núm. 667/2009. (PP. 1553/2013).

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00028595.

NIG: 1101242C20090003087.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 667/2009. Negociado: B.

Sobre: Reclamación de cantidad.

De: Don Mariano Muñoz Plasencia y Estrella Seguros.

Procuradora: Sra. Asenjo González, M.ª Ángeles.

Letrado: Sr. Francisco José Riveriego de la Vega.

Contra: Doña Irene Montiel Redondo.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 667/09, seguido en el Juzgado de Primera Instancia número Dos de Cádiz a instancia de don Mariano Muñoz Plasencia y Estrella Seguros contra doña Irene Montiel Redondo sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento, es como sigue:

«SENTENCIA núm. 109/2011

En Cádiz, a ocho de marzo de dos mil once.

Vistos por mí, doña Concepción Carranza Herrera, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Cádiz, los presentes autos de Juicio Ordinario núm. 667/2009, seguidos a instancia de don Mariano Muñoz Plasencia y La Estrella Seguros representados por la Procuradora Sra. Asenjo González y asistidos del Letrado Sr. Riveriego de la Vega contra doña Irene Montiel Redondo siendo el objeto del pleito reclamación de cantidad.»

Contra la citada sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Cádiz (artículo 455 LEC). El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LEC).

Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banesto núm. 1236000004066709, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código «02», de conformidad en lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada doña Irene Montiel Redondo, extiendo y firmo la presente en Cádiz, a once de enero de dos mil trece.- La Secretaria Judicial.

Descargar PDF