Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 131 de 08/07/2013

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Orden de 11 de junio de 2013, por la que se modifica la autorización de la escuela municipal de música «Ciudad de Punta Umbría» de Punta Umbría (Huelva).

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Visto el expediente tramitado a instancia del Excmo. Ayuntamiento de Punta Umbría (Huelva), titular de la escuela municipal de música «Ciudad de Punta Umbría» de esa localidad, por el que solicita modificar la autorización de enseñanzas con la que cuenta la misma, por ampliación de su oferta de práctica instrumental, al amparo de lo dispuesto en el Decreto 233/1997, de 7 de octubre, por el que se regulan las Escuelas de Música y Danza, y en el Decreto 17/2009, de 20 de enero, por el que se establece la Ordenación y el Currículo de las Enseñanzas Elementales de Música en Andalucía.

Resultando que la escuela municipal de música, código 21710015 y domicilio en Avda. de la Marina, núm. 2, de Punta Umbría (Huelva) cuenta con autorización para impartir los siguientes ámbitos formativos de las enseñanzas elementales de iniciación a la música: Música y movimiento, Práctica instrumental (clarinete, trompeta, tuba, piano, saxofón, trombón, viola y violín), Formación musical complementaria a la práctica instrumental y Actividades de grupo.

Resultando que en el expediente de modificación de la autorización han recaído informes favorables del Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Huelva y de la Gerencia Provincial del Ente Público Andaluz de Infraestructuras y Servicios Educativos en dicha provincia.

Vistos la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía; el Real Decreto 303/2010, de 15 de marzo (BOE de 9 de abril), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas artísticas reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; el Real Decreto 389/1992, de 15 de abril (BOE del 28), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas artísticas; el Decreto 233/1997, de 7 de octubre (BOJA del 11), por el que se regulan las Escuelas de Música y Danza; el Decreto 17/2009, de 20 de enero (BOJA de 4 de febrero), por el que se establece la Ordenación y el Currículo de las Enseñanzas Elementales de Música en Andalucía, y demás disposiciones complementarias.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas

DISPONGO

Primero. Autorizar la modificación solicitada a la escuela municipal de música «Ciudad de Punta Umbría», código 21710015 y domicilio en Avda. de la Marina, núm. 2, de Punta Umbría (Huelva), cuyo titular es el Excmo. Ayuntamiento de Punta Umbría (Huelva) y, como consecuencia de ello, establecer la configuración de enseñanzas que se describe a continuación:

Ámbitos formativos de las enseñanzas elementales de iniciación a la música:

- Música y movimiento.

- Práctica instrumental: clarinete, trompeta, tuba, piano, saxofón, trombón, viola, violín, flauta y guitarra.

- Formación musical, complementaria a la práctica instrumental.

- Actividades de grupo.

Segundo. Del contenido de esta Orden se dará traslado al Registro de Centros Docentes según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el registro de centros docentes.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 11 de junio de 2013

MARÍA DEL MAR MORENO RUIZ
Consejera de Educación
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