Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 135 de 12/07/2013

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Orden de 6 de junio de 2013, por la que se modifica la autorización del centro docente privado de formación profesional «Centro de Formación Duarte System» de Coín (Málaga). (PP. 1767/2013).

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00029806.

Visto el expediente tramitado a instancia de don Jerónimo Sánchez Méndez, como representante de Academia de Estudios Duarte, S.L., titular del centro docente privado de formación profesional «Centro de Formación Duarte System», con domicilio en Plaza de Andalucía, Edificio La Tierra, local 1 y 2, de Coín (Málaga), solicitando nueva denominación específica y modificar la autorización de enseñanzas con la que cuenta el centro, por ampliación de las mismas en tres ciclos formativos de formación profesional de grado medio (uno de Emergencias sanitarias, uno de Cuidados auxiliares de enfermería y uno de Atención sociosanitaria, que ha sido sustituido por el de Atención a personas en situación de dependencia según el Real Decreto 1593/2011, de 4 de noviembre, por el que se establece el título de técnico en Atención a personas en situación de dependencia y se fijan sus enseñanzas mínimas) y por reducción de sus enseñanzas en un ciclo formativo de formación profesional de grado superior de Administración de sistemas informáticos en red, según lo dispuesto en el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA del 20), sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados, para impartir Enseñanzas de Régimen General.

Resultando que el citado centro, con código 29000372, tiene autorización para impartir dos ciclos formativos de formación profesional de grado superior (uno de Administración de sistemas informáticos en red y uno de Desarrollo de aplicaciones multiplataforma), ambos impartidos en doble turno.

Resultando que en el expediente de modificación de la autorización han recaído informes favorables del Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Málaga y de la Gerencia Provincial del Ente Público Andaluz de Infraestructuras y Servicios Educativos.

Vistos la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE del 4), reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE del 4), de Educación; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre (BOJA del 26), de Educación de Andalucía; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero (BOE de 12 de marzo), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria; el Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre (BOE de 3 de enero de 2007), por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo; el Real Decreto 1397/2007, de 29 de octubre (BOE de 24 de noviembre), por el que se establece el título de técnico en Emergencias sanitarias y se fijan sus enseñanzas mínimas; el Real Decreto 546/1995, de 7 de abril (BOE de 5 de junio), por el que se establece el título de técnico en Cuidados auxiliares de enfermería y las correspondientes enseñanzas mínimas; el Real Decreto 1593/2011, de 4 de noviembre (BOE de 15 de diciembre), por el que se establece el título de técnico en Atención a personas en situación de dependencia y se fijan sus enseñanzas mínimas; el Decreto 436/2008, de 2 de septiembre (BOJA del 12), por el que se establece la ordenación y las enseñanzas de formación profesional inicial que forman parte del sistema educativo; el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA del 20), sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados, para impartir Enseñanzas de Régimen General, y demás normas de vigente aplicación.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas

DISPONGO

Primero. Conceder la modificación de la autorización por cambio de su denominación específica al centro docente privado de formación profesional «Centro de Formación Duarte System», código 29000372 y domicilio en Plaza de Andalucía, Edificio La Tierra, local 1-2, de Coín (Málaga), cuyo titular es Academia de Estudios Duarte, S.L., que, en adelante será Duarte Formación Coín, así como la modificación de la autorización de enseñanzas solicitada, y, como consecuencia de ello, queda con la configuración de enseñanzas que se describe a continuación:

a) Ciclos formativos de formación profesional de grado medio:

Atención a personas en situación de dependencia (impartido en turno de mañana):

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 40.

Emergencias sanitarias (impartido en turno de tarde):

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 2

Puestos escolares: 40.

Cuidados auxiliares de enfermería (impartido en turno de tarde):

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 1.

Puestos escolares: 20.

b) Ciclo formativo de formación profesional de grado superior:

Desarrollo de aplicaciones multiplataforma (impartido en turno de mañana):

Núm. ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 40.

Segundo. El centro no podrá sobrepasar el número de puestos escolares fijado para el mismo.

Tercero. Del contenido de la presente Orden se dará traslado al Registro de Centros Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.

Cuarto. La entidad titular del centro remitirá a la Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Málaga la relación del profesorado del mismo con indicación de su titulación respectiva.

Quinto. Dicho centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 6 de junio de 2013

MARÍA DEL MAR MORENO RUIZ
Consejera de Educación
Descargar PDF