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NIG: 2905142C20100002080.
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 415/2010. Negociado: MV.
De: Rocío Luque Gómez.
Procurador: Sr. Francisco Saavedra Prats.
Contra: Ámbito Sur, S.A.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento Procedimiento Ordinario 415/2010 seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Uno de Estepona, Málaga, a instancia de Rocío Luque Gómez, contra Ámbito Sur, S.A., sobre reparación de desperfectos en vivienda, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA NÚM. 109/2012
Juez que la dicta: Don José Manuel Marino Pérez.
Lugar: Estepona.
Fecha: Treinta y uno de julio de dos mil doce.
Parte demandante: Rocío Luque Gómez.
Abogado: Colegiada número 4.894.
Procurador: Francisco Saavedra Prats.
Parte demandada: Ámbito Sur, S.A.
Objeto del juicio: Reparación de desperfectos en vivienda comprada.
FALLO
Estimo parcialmente la demanda interpuesta por doña Rocío Luque Gómez, contra Ámbito Sur, S.A., y condeno a este a reparar en la vivienda sita en Manilva, en la Urbanización Royal Manilva, número 40, finca registral 26.821 del Registro de la Propiedad de Manilva, los defectos y vicios siguientes:
Reparaciones de carpintería metálica.
Saneado de fisuras y resanado de juntas en la casa.
Arreglo de manchas en los techos con tapado de defecto y pintura.
Fijación de llaves de paso en aseos (sueltas).
Subsanación de irregularidades en techos planta de dormitorios.
Sustitución de lavadora por una nueva.
Corrección de humedades en mueble fregadero.
Ajuste de puertas correderas de armarios.
Reposición de algunos de los rodapiés.
Arreglo de humedades bajo escalera.
Aislamiento acústico en tuberías de agua en dormitorio.
Habilitar el sumidero para su limpieza.
No se hace condena en costas a ninguna de las partes.
Contra esta Resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga (artículo 455 de la LEC). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 458 de la LEC).
Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banesto núm. 2912 0000 04 0415 10, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código «02», de conformidad en lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.
Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado rebelde en paradero desconocido Ámbito Sur, S.A., extiendo y firmo la presente en Estepona, a veintiséis de junio de dos mil trece.- El/La Secretario.
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