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NIG: 28.079.44.4-2012/0014080.
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 332/2012.
Materia: Materias laborales individuales.
Demandante: Don Álvaro Carballeira Jiménez.
Demandado: Bubos Securitas, S.A. y Esabe Vigilancia, S.L.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña María Ángeles Charriel Ardebol, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social núm. Catorce de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 332/2012 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de don Álvaro Carballeira Jiménez frente a Bubos Securitas, S.A. y Esabe Vigilancia, S.L. sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:
SENTENCIA núm. 224
En Madrid, a 13 de junio de 2013.
Vistos por mí, don Antonio Cervera Peláez-Campomaries, Magistrado del Juzgado de lo Social núm. Catorce de Madrid, los presentes autos del orden social de la jurisdicción en materia de Reclamación de Cantidad entre las siguientes partes, como demandante, don Álvaro Carballeira Jiménez, asistido por la Letrada doña Pilar Reino Rodríguez; y como demandado(s), Bubos Securitas, S.A. y Esabe Vigilancia, S.L., no comparecidas, se procede a dictar sentencia sobre la base de los siguientes,
FALLO
Que, estimando de forma parcial la demanda interpuesta por don Álvaro Carballeira Jiménez contra Esabe Vigilancia, S.L. y Bubos Securitas, S.A., condeno a ambas demandadas, de forma solidaria, a abonar al demandante la suma de 634,87 euros, más los intereses de dicha cantidad, salvo la parte correspondiente al plus transporte y al plus vestuario, contados con arreglo a un tipo anual del 10%.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Esabe Vigilancia, S.L. y Bubos Securitas, S.A., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a cuatro de julio de dos mil trece.- El/La Secretario Judicial.
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