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Mediante Acuerdo de 11 de diciembre de 2012, del Consejo de Gobierno, se aprueba la formulación del Plan Andaluz de la Bicicleta.
En cumplimiento de lo establecido en el apartado 5.1 de dicho Acuerdo
DISPONGO
1. Someter a información Pública el Plan Andaluz de la Bicicleta por un plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Orden.
2. La documentación del Plan Andaluz de la Bicicleta quedará expuesta para su general conocimiento en las oficinas de la Dirección General de Movilidad de la Consejería de Fomento y Vivienda, Avenida Diego Martínez Barrio, núm. 10, de Sevilla. Igualmente esta documentación se podrá descargar desde la página web de la Consejería de Fomento y Vivienda (www.juntadeandalucia.es/fomentoyvivienda).
3. Las alegaciones que se consideren oportunas se podrán formular tanto en las oficinas mencionadas en el párrafo anterior, en los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como telemáticamente a través de la página web de la Consejería de Fomento y Vivienda y de la página web de la Junta de Andalucía (www.juntadeandalucia.es/fomentoyvivienda).
Sevilla, 16 de julio de 2013
ELENA CORTÉS JIMÉNEZ | |
Consejera de Fomento y Vivienda |