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En virtud de lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por ser desconocido su domicilio o estar ausente del mismo, podrá comparecer, en el plazo de diez días, ante el Servicio de Protección de Menores, sito en C/ Ancha de Gracia, s/n, Granada, para la notificación del contenido íntegro del acto de fecha 24 de julio de 2013, significándole que contra esta Resolución podrá formularse oposición ante el Juzgado de Primera Instancia-Familia núm. Dieciséis de Granada, en el plazo de dos meses desde su notificación, conforme a los trámites establecidos al respecto en los artículos 779 y 780 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, modificada por la Ley 54/2007, de 28 de diciembre, de Adopción Internacional.
Interesada: Antonia Córdoba González.
Núm. expediente: 143/12.
Acto notificado: Resolución de Cese Acogimiento Familiar Temporal y Constitución de Acogimiento Familiar Permanente en Familia Extensa.
Granada, 25 de julio de 2013.- El Delegado, Higinio Almagro Castro.
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