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De conformidad con lo establecido en los artículos 24.4 de la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas, y 39.4 del Reglamento General para el Régimen de la Minería, aprobado por el Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, en relación con el artículo 26.2.m) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía; y con el Decreto del Presidente 3/2012, de 5 de mayo, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, y con el Decreto 149/2012, de 5 de junio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, se hace pública la siguiente Resolución:
Declarar como minero-medicinales de origen termal las aguas procedentes del sondeo «Baños de Marchal», número 39, sito en el paraje «Cumbres del Muntual», parcela 19.ª del polígono 1 (Ref.ª Catastral 18129A001000190000QZ), en el término municipal de Marchal (Granada), a instancia del Excmo. Ayuntamiento de Marchal (Granada), y cuyas coordenadas UTM (ED50- HUSO30) son X=481.862 e Y=4.127.744, para su posterior aprovechamiento y uso terapéutico, debiendo solicitar la oportuna autorización dentro del plazo de un año, contado a partir del día siguiente al de la notificación de esta Resolución.
Sevilla, 14 de junio de 2013.- La Directora General, María José Asensio Coto.
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