Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 156 de 09/08/2013

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Consejería de Fomento y Vivienda

Anuncio de 31 de julio de 2013, de la Delegación Territorial de Fomento, Vivienda, Turismo y Comercio en Almería, por el que se da publicidad a la citación para hacer efectivo el pago del expediente de expropiación forzosa de los terrenos necesarios para la ejecución de las obras del proyecto que se cita, término municipal de Vícar.

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EXPROPIACIONES

PAGO DEL EXPEDIENTE DE PIEZAS SEPARADAS DE JUSTIPRECIO COMPLEMENTARIAS PARA ACATAR SENTENCIA NÚM. 1.862/2012 DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA, SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO, SECCIÓN CUARTA, RECUrSO NÚMERO 2.124/2006 Y SENTENCIA  NÚM. 1.959/2012, RECURSO NúMERO 1.103/206, RESPECTIVAMENTE

OBRA: NUEVO ACCESO A ROQUETAS DE MAR Y VÍCAR. TRAMO: VARIANTE EL PARADOR (ALMERÍA)

CLAVE: 2-AL-0120, PIEZAS SEPARADAS DE JUSTIPRECIO, REMESAS 11-18, T.M. de VÍCAR

Aprobado el expediente de expropiación forzosa de los terrenos necesarios para la ejecución de las obras de «Nuevo acceso a Roquetas de Mar y Vícar, tramo: Variante El Parador (Almería)», t.m. de Vícar, se cita a:

FINCA NÚM. PROPIETARIOS DOMICILIO REMESA
50 LINARES LINARES, M.ª FLORA; LINARES LINARES, M.ª FLORA, LUIS CARLOS, JUAN JESÚS Y LISARDO SERGIO C/ ROSALEDA, 11, 04738, VÍCAR (ALMERÍA) 11
57 y 58 S.A.T. NÚM. 4.812 «HORTICUELAS» BARRIO OJEDA, S/N, 04740, EL PARADOR, ALMERÍA 18

para que comparezcan en el Ayuntamiento de Vícar, el día 17 de octubre de 2013, a las 12,15 horas, para el percibo de las cantidades que les corresponden de Pieza Separada de Justiprecio, una vez hechos efectivos los libramientos, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 49 del vigente Reglamento de Expropiación Forzosa, de 26 de abril de 1957, e indicando que en el citado acto deberán presentar la siguiente documentación y adjuntar fotocopia:

1. Acreditar su personalidad (DNI, NIE o Pasaporte).

2. Título de propiedad debidamente inscrito en el Registro de la Propiedad (Escritura Pública y Nota Simple actualizada), referente a la finca afectada.

3. De actuar mediante representación, esta deberá ser con documento que acredite la representación por cualquier medio válido en derecho (Poder Notarial o Poder «Apud Acta»), otorgado ante el Secretario del Ayuntamiento o ante el Secretario General Provincial de la Consejería de Fomento y Vivienda en Almería.

4. Certificado bancario con los 20 dígitos de la cuenta, en la que deberán ser titulares todos y cada uno de los beneficiarios de dicho pago, en el caso que se solicite mediante transferencia, para lo que deberá enviarnos con antelación a la fecha de citación del pago toda la documentación antes mencionada.

En caso de no presentar la citada documentación o de incomparecencia en el citado acto, la cantidad devengada será depositada en la Caja General de Depósitos del Servicio de Tesorería de la Delegación del Gobierno en Almería, hasta su comparecencia en esta Delegación Territorial con la documentación solicitada y posterior comprobación de la titularidad.

El acto de pago será público, y cualquier persona que se considere con mejor derecho deberá comparecer en el lugar, fecha y hora indicados, a formular las reclamaciones que estime oportunas, para lo que deberá ir provisto de los documentos en que fundamente su intervención.

Almería, 31 de julio de 2013.- La Delegada, Encarnación Caparrós Plaza.

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