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NIG: 28.079.00.4-2013/0004075.
Autos núm.: Procedimiento Ordinario 119/2013. Materia: Reclamación de cantidad.
Ejecución núm.: 153/2013.
Ejecutante: Don Holguer Alfredo Orbe Custode.
Ejecutada: Esabe Vigilancia, S.A.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña María José González Huergo, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social núm. Cuarenta y Uno de Madrid, hago saber:
Que en el procedimiento 153/2013 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de don Holguer Alfredo Orbe Custode frente a Esabe Vigilancia, S.A., sobre Ejecución Forzosa, se ha dictado resolución cuya parte dispositiva es la siguiente:
«PARTE DISPOSITIVA
Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, don Holguer Alfredo Orbe Custode, frente a la demandada Esabe Vigilancia, S.A., parte ejecutada, por un principal de 11.036,26 euros (aplicado el recargo del artículo 29.3 LET), más 1.103,63 euros y 1.103,63 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Modo de impugnación. Mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que, además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el art. 239.4 LJS, debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad Banesto 5052-0000-64-0153-13.
Así, por este su auto, lo acuerda, manda y firma, el llmo. Sr. Magistrado-Juez, don José Manuel Yuste Moreno.- El Magistrado-Juez.»
Y para que sirva de notificación en legal forma a Esabe Vigilancia, S.A., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (Sevilla).
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
Madrid, 2 de septiembre de 2013.- La Secretario Judicial.
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