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Habida cuenta de que no ha sido posible la notificación en el domicilio conocido, y de conformidad con el art. 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica, para que sirva de notificación, la resolución de desistimiento de la solicitud del complemento por alquiler de vivienda para pensionistas no contributivos que residen en vivienda alquilada de la persona que se cita a continuación.
Doña Josefa Guerrero López, NIF 31.862.325-B.
En relación con su solicitud del complemento de los titulares de pensión de jubilación e invalidez de la Seguridad Social, en su modalidad no contributiva, que residan en una vivienda alquilada (R.D. 1191/2012, de 3 de agosto), le notificamos que, producida la paralización de su expediente por no haber remitido la documentación o datos mínimos necesarios para resolverla, que fueron requeridos con fecha 22.4.2013, se le tiene por desistido de su petición y se procede al archivo de su expediente, de conformidad con los artículos 42 y 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en redacción dada por la Ley 4/1999.
Lo que se le notifica, indicándole que contra dicha Resolución podrá interponer reclamación previa a la vía de la jurisdicción laboral, ante esta Delegación Provincial, dentro de los treinta días siguientes a la fecha de recepción de esta notificación, conforme a lo dispuesto en el art. 71 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social (BOE núm. 245, de 11 de octubre).
Cádiz, 24 de julio de 2013.- El Delegado, Ángel Acuña Racero.
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