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El Consorcio de Medio Ambiente Estepa-Sierra Sur, de conformidad con acuerdo adoptado por su Consejo Rector, de fecha 13 de agosto de 2013, ha solicitado de esta Dirección General de Administración Local la creación y clasificación de un puesto de trabajo de Secretaría-Intervención, reservado a funcionarios con habilitación de carácter estatal, subescala Secretaría-Intervención, para el desempeño de las funciones de Secretaría y de Intervención en la citada entidad, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional segunda de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
La documentación presentada para la acreditación de las circunstancias que exceptúan las limitaciones a la creación de empleo público referidas en la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013 y concordantes, se concreta en certificado de acuerdo de Consejo Rector por el que se aprueba la propuesta de creación de una plaza de Secretaría-Intervención; certificado de Secretaría, de 13 de agosto de 2013, sobre la inclusión del puesto en la plantilla de personal del Consorcio, certificado de existencia de crédito suficiente para el pago de los conceptos correspondientes a este puesto y, asimismo, certificado de que tal dotación presupuestaria no supone un incremento del capítulo I respecto del ejercicio anterior y de que cumple con el resto de las limitaciones impuestas por la normativa de aplicación ya que, según exponen, dicho puesto está dotado presupuestariamente desde el año 1998.
Visto lo anterior, al amparo de la legislación invocada y en virtud de las competencias conferidas por la Disposición Adicional Segunda de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público y el artículo 7.2.d) del Decreto 147/2012, de 5 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales, esta Dirección General de Administración Local
RESUELVE:
Primero. Crear y clasificar el puesto de trabajo de Secretaría-Intervención del Consorcio de Medio Ambiente Estepa-Sierra Sur, para su desempeño por funcionarios con habilitación de carácter estatal pertenecientes a la subescala de Secretaría-Intervención, de conformidad con lo establecido en los artículos 2 y 9 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
Tercero. Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación del presente acto, o, en su caso, actuar conforme a lo previsto en el artículo 44.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; o bien, interponer directamente el recurso contencioso-administrativo, ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio.
Sevilla, 4 de septiembre de 2013.- El Director General, Antonio Maíllo Cañadas.
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