Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 19 de 28/01/2013

3. Otras disposiciones

Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales

Resolución de 20 de diciembre de 2012, de la Dirección General de Administración Local, por la que se acuerda la exención de la obligación de mantener el puesto de trabajo de Secretaría-Intervención de la Mancomunidad de Servicios de la Comarca de Alhama de Granada (Granada) y se autoriza la acumulación de funciones.

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La Mancomunidad de Municipios de la Comarca de Alhama de Granada (Granada) ha solicitado a esta Dirección General de Administración Local la exención de la obligación de mantener el puesto de Secretaría-Intervención, reservada a funcionarios con habilitación de carácter estatal y que las funciones correspondientes al mismo sean ejercidas mediante acumulación de entre los funcionarios con habilitación de carácter estatal de los municipios que la integran. Dicha solicitud ha sido emitida en base al acuerdo adoptado en Junta General de fecha 25 de enero de 2012 y a la aprobación definitiva de los Estatutos de la Mancomunidad en Asamblea General de 10 de diciembre de 2012.

La Excma. Diputación Provincial de Granada, con fecha 29 de octubre de 2012, informa favorablemente la modificación estatutaria que contempla la exención solicitada.

Examinado el Registro Integrado de Funcionarios con habilitación de carácter estatal, queda comprobado que el puesto de trabajo de Secretaría-Intervención de la Mancomunidad de Municipios de la Comarca de Alhama de Granada está vacante y ocupado en régimen de acumulación por doña M.ª José Puerta García, funcionaria con habilitación de carácter estatal perteneciente a la subescala de Secretaría-Intervención.

Se ha instruido el preceptivo expediente, que ha sido tramitado de conformidad con lo establecido en el artículo 4 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter estatal, modificado por el Real Decreto 834/2003, de 27 de junio.

Visto lo anterior, se ha instruido el preceptivo expediente, y en virtud de las competencias conferidas por la Disposición Adicional Segunda de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y por el artículo 7.2.d) del Decreto 147/2012, de 5 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales, esta Dirección General de Administración Local

R E S U E L V E

Primero. Acordar la exención de la obligación de mantener el puesto de trabajo de Secretaría-Intervención de la Mancomunidad de Municipios de la Comarca de Alhama de Granada.

Segundo. Revocar el nombramiento en régimen de acumulación de doña M.ª José Puerta García.

Tercero. Las funciones atribuidas al puesto de Secretaría-Intervención deberán desempeñarse en régimen de acumulación entre los funcionarios con habilitación de carácter estatal de los municipios que la integran.

Cuarto. Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación del presente acto, o, en su caso, actuar conforme a lo previsto en el artículo 44.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; o bien, interponer directamente el recurso contencioso-administrativo, ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio.

Sevilla, 20 de diciembre de 2012.- El Director General, Antonio Maíllo Cañadas.

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