Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00034388.
Intentada sin efecto la notificación en el domicilio del interesado, por causas ajenas a esta Administración, se le notifica la resolución de 5 de julio de 2013 de ejecución de la sentencia, en virtud de lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, para cuyo conocimiento íntegro podrá comparecer en la sede del Consejo Audiovisual de Andalucia, sito en Sevilla, Avda. República Argentina, 26, entreplanta.
Expediente sancionador: 012/2008-S.
Interesado: Producciones Videográficas Andaluzas, S.L.
Acto notificado: Resolución del Secretario General del Consejo Audiovisual de Andalucía, de 5 de junio de 2013, que ordena la ejecución de la sentencia firme de 5 de febrero de 2013, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla (Sección Primera), que anula la sanción de 300.506,06 € impuesta a la entidad Producciones Videográficas Andaluzas, S.L., imponiendo otra en cuantía de ciento cincuenta mil euros (150.000 ) por infracción grave en materia audiovisual.
Sevilla, 25 de septiembre de 2013.- El Secretario General, Juan López Domech.
Descargar PDF