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Procedimiento: Social Ordinario 497/2011. Negociado: 1i.
NIG: 4109144S20110005970.
De: Doña Sandra Reyes Muñoz.
Contra: FAGAPE 1994, S.L., e Instituto Hispalense Dental, S.L.
EDICTO
Doña María Amparo Atares Calavia, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social número Cinco de Sevilla.
Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 497/2011 a instancia de la parte actora doña Sandra Reyes Muñoz contra FAGAPE 1994, S.L., e Instituto Hispalense Dental, S.L., sobre Social Ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 28 de junio de 2013, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
FALLO
Que estimando la demanda formulada por doña Sandra Reyes Muñoz, contra las demandadas FAGAPE 1994, S.L., y FOGASA, debo condenar y condeno a Ia demandada FAGAPE 1994, S.L., a que abone a la trabajadora la suma de 983,20 euros, más del 10% en concepto de interés por mora.
No se hace pronunciamiento respecto del FOGASA.
Notifíquese ia presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso, declarando la firmeza de la sentencia.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación a la demandada FAGAPE 1994, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Sevilla, a veintiséis de septiembre de dos mil trece.- El/La Secretario/a Judicial.
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