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Mediante Resolución de 5 de abril de 2013, de la Secretaría General de Calidad e Innovación se convocaron subvenciones para la financiación de la Investigación, Desarrollo e Innovación Biomédica y en Ciencias de la Salud en Andalucía, para el año 2013 (BOJA núm. 77, de 22 de abril de 2013), al amparo de la Orden de 22 de mayo de 2012, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la financiación de la Investigación, Desarrollo e Innovación Biomédica y en Ciencias de la Salud en Andalucía (BOJA núm. 116, de 14 de junio de 2012).
El número uno del apartado Tercero de la Resolución, establece que las subvenciones objeto de la convocatoria se concederán de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias existentes, con cargo a los créditos presupuestarios de la Consejería de Salud y Bienestar Social correspondientes a las siguientes aplicaciones presupuestarias, y con una cuantía máxima de 4.904.835,92 euros:
0.01.00.481.04.41K 1.470.915,85 €
0.01.00.481.03.41K 195.972,00 €
0.01.00.481.06.41K 140.787,00 €
0.01.00.481.09.41K 626.848,00 €
0.01.00.481.04.41K.2014 784.896,73 €
0.01.00.481.04.41K.2015 852.083,00 €
0.01.00.443.04.41K 500.000,00 €
0.01.00.443.04.41K.2014 166.666,67 €
0.01.00.443.04.41K.2015 166.666,67 €
Asimismo, el número dos del apartado tercero de la Resolución, determina que la cuantía total máxima destinada a cada línea de subvención y los compromisos de gasto de carácter plurianual para las anualidades futuras se establecerá en una declaración posterior de distribución de créditos realizada con anterioridad al comienzo de la evaluación previa, de conformidad con el artículo 5.2 de la Orden de 22 de mayo de 2012.
Una vez recibidas y admitidas a trámite las solicitudes de subvención presentadas, previamente a la evaluación de las solicitudes, y de conformidad con lo previsto en la Orden de 22 de mayo de 2012, y el artículo 2 de la Orden de la Consejería de Salud de 2 de julio de 2002, por la que se delegan competencias en materia de gestión económica, contratación administrativa y patrimonio (BOJA núm. 82, de 13 de julio de 2002), todo ello en relación con el artículo 6 del Decreto 140/2013, de 1 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales y del Servicio Andaluz de Salud,
RESUELVO
Primero. Establecer la distribución de la cuantía total máxima destinada a cada línea de subvención de la convocatoria realizada en virtud de la Resolución de 5 de abril de 2013 de la Secretaría General de Calidad e Innovación, de acuerdo con la siguiente distribución:
1. Para la Línea de Proyectos de Investigación, Desarrollo e Innovación Biomédica y en Ciencias de la Salud:
a) Modalidad de Proyectos de investigación en salud: Temática de investigación general, se destinará una cuantía máxima de 4.005.602,77 €, con los siguientes compromisos de gasto de carácter plurianual para las anualidades futuras:
Primera anualidad: 2.337.927,77 €
Segunda anualidad: 752.675,00 €
Tercera anualidad: 915.000,00 €
b) Modalidad de Proyectos de investigación en tecnologías sanitarias y de colaboración público-privada: temática de innovación organizativa, asistencial y tecnológica, se destinará una cuantía máxima de 500.000,00 €, con los siguientes compromisos de gasto de carácter plurianual para las anualidades futuras.
Primera anualidad: 300.000,00 €
Segunda anualidad: 100.000,00 €
Tercera anualidad: 100.000,00 €
2. Para la Línea de recursos humanos para la investigación, desarrollo e innovación biomédica y en Ciencias de la Salud:
a) Intensificación de la actividad investigadora de las áreas integradas de gestión (AIG) de las agencias públicas empresariales sanitarias (APES) y servicios equivalentes de las empresas públicas sanitarias (EPES), se dispondrá de una cuantía máxima de 90.900,00 €, con los siguientes compromisos de gasto de carácter plurianual para las anualidades futuras:
Primera anualidad: 68.175,00 €
Segunda anualidad: 22.725,00 €
b) Estancias formativas de investigación, se dispondrá de una cuantía máxima de 304.560,00 €, con los siguientes compromisos de gasto de carácter plurianual para las anualidades futuras:
Primera anualidad: 228.420,00 €
Segunda anualidad 76.140,00 €
Segundo. La presente Resolución tendrá efectividad a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 15 de octubre de 2013.- El Viceconsejero, Aquilino Alonso Miranda.
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