Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 21 de 30/01/2013

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 29 de noviembre de 2012, del Juzgado de Primera Instancia núm. Nueve de Sevilla, dimanante de procedimiento ordinario núm. 1507/2009. (PP. 3459/2012).

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NIG: 4109142C20090045421.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1507/2009. Negociado: 4F.

Sobre: Juicio ordinario.

Se declare resuelto contrato y r. cantidad.

De: Ayuntamiento de Almonte.

Contra: ACV2 de Espectáculos.

EDICTO

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 1507/2009, seguido a instancia del Ayuntamiento de Almonte frente a ACV2 de Espectáculos, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son tenor literal es el siguiente:

Sentencia núm. 290/2012

Juez que la dicta: Don Manuel Julio Hermosilla Sierra.

Lugar: Sevilla.

Fecha: veintinueve de noviembre de dos mil doce.

Parte Demandante: Ayuntamiento de Almonte.

Abogado: Don José Manuel Pacheco Ramos.

Parte demandada: ACV2 de Espectáculos.

Objeto del juicio: Juicio ordinario.

Se declare resuelto contrato y r. cantidad.

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por el Letrado don José Manuel Pacheco Ramos, en representación del Ayuntamiento de Almonte contra ACV2 de Espectáculos «declaro resuelto el contrato de servicios profesionales suscrito por las partes en fecha 6 de junio de 2008, y condeno a la demandada a abonar a la actora un total de 9.000 euros, más los intereses legales devengados por dicha suma desde la fecha del emplazamiento, y todo ello con expresa condena en costas procesales a la parte demandada.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Sevilla (artículo 455 de la EEC). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 458 de la EEC).

Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banesto núm. 4053000004150709, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código «02», de conformidad en lo establecido en la Disposición adicional decimoquinta de la LO 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y encontrándose dicho demandado, ACV2 de Espectáculos, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Sevilla, a veintinueve de noviembre de dos mil doce.- El/La Secretario/a Judicial.

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