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NIG: 2906942C20120008431.
Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 1085/2012. Negociado: 05.
Sobre: Reclamación de cantidad.
De: C.P. Playas del Duque Casa Cádiz.
Procuradora: Sra. doña Cristina Zea Montero.
Contra: Don Brian O’Neill.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento Juicio Verbal (250.2) 1085/2012 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Marbella (antiguo Mixto núm. Dos) a instancia de C.P. Playas del Duque Casa Cádiz contra Brian O’Neill sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo es como sigue:
SENTENCIA NÚM. 97/2013
Juez que la dicta: Doña Alejandra Alonso Grañeda.
Lugar: Marbella.
Fecha: Quince de marzo de dos mil trece.
Parte demandante: C.P. Playas del Duque Casa Cádiz.
Abogada: Doña María Pilar Marín Blesa.
Procuradora: Doña Cristina Zea Montero.
Parte demandada: Don Brian O’Neill.
Objeto del juicio: Reclamación de cantidad.
ANTECEDENTES DE HECHO
Único. En fecha de 4 de septiembre de 2012 por doña Cristina Zea Montero en representación de Comunidad de Propietarios Playas del Duque Casas Cádiz se presentó demanda de juicio verbal frente a don Brian O’Neill pidiendo que se dice sentencia por la que se condene al demandado al pago de 5.524, 87 euros, más intereses legales, con condena en costas.
Admitida a trámite la demanda se cito finalmente al demandado por edictos, no compareciendo a la vista y siendo declarado en situación de rebeldía procesal. Se propuso por la defensa prueba documental, interrogatorio de parte y testifical, admitiéndose las dos primeras, quedando el juicio visto para sentencia.
FALLO
Estimo la demanda presentada por doña Cristina Zea Montero en nombre y representación de C.P. Playas del Duque Casa Cádiz condenando a don Brian 0’Neill al pago de 5.524,87 euros, de los que quedarían por abonar 1.524,87 euros, más intereses legales desde la presentación de la demanda a medida que las cantidades se hayan ido debiendo, con condena en costas al demandado.
Líbrase testimonio de la sentencia y únase a las actuaciones, insertándose el original en el libro de sentencias.
Notifíquese la presente sentencia a las partes en legal forma advirtiéndoles que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga, que deberán interponer ante este Juzgado en el plazo de veinte días desde el siguiente a su notificación.
Así lo acuerda y firma doña Alejandra Alonso Grañeda, Magistrado-Juez del Juzgado de Instancia núm. Uno de Marbella (Málaga).
Publicación. Leída y publicada fue la anterior Sentencia por la Sra. Magistrado-Juez que la suscribe, estando celebrando audiencia púolica en el mismo día de su fecha, doy fe.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado don Brian O’Neill, extiendo y firmo la presente en Marbella, a once de julio de dos mil trece.- El/La Secretario.
«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal).»
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