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HU-AI-3/2013SAE. Julián Cruz Merino, S.L. Unipersonal.
De conformidad con lo establecido en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y habida cuenta que ha sido intentada la notificación del acto a la entidad que se relaciona, no habiendo sido posible practicarla, se notifica por medio del presente anuncio, haciéndose saber a la persona interesada que contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación de esta Resolución, recurso de alzada ante la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, con dirección en Avda. de Hitasa, núm. 14, C.P. 41006, de Sevilla, de conformidad con lo establecido en los artículos 107.1, 114 y 115 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre (BOE del 27), en su redacción dada por la Ley 4/99, de 13 de enero (BOE del 14), artículo 23 del Real Decreto 928/1998, de 14 de mayo, y artículo 8 del Decreto 307/2010, de 15 de junio.
Habiendo sido impuesta sanción pecuniaria, los plazos para hacer efectiva la sanción en período voluntario son de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de Recaudación de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA 26 de julio de 1983), modificado por el artículo 9 de la Ley 3/2004, de 28 de diciembre, de Ordenación Económica (BOJA de 31 de diciembre de 2004):
1. Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el día inmediato hábil siguiente.
2. Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 5 del mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el día inmediato hábil siguiente.
Si se interpone reclamación o recurso que suspenda la ejecución del acto impugnado, el plazo del periodo voluntario del pago se computará respecto del día en que se practique la notificación de la resolución que proceda.
Transcurrido el plazo de pago voluntario sin efectuarse el ingreso, y de no haberse interpuesto, en su caso, recurso de alzada, se devengará el recargo de apremio o intereses de demora y se procederá al cobro, y en su caso ejecución, por el procedimiento administrativo de apremio, de acuerdo con el Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 1684/1990, de 20 de diciembre (BOE núm. 3, de fecha 3 de enero de 1991).
El citado ingreso se efectuará en cualquiera de las entidades colaboradoras mediante el modelo 046. Ambos documentos se adjuntan a la presente Resolución, debiendo remitir copia del citado documento de pago (ejemplar para la Administración) en el plazo de diez días desde su materialización.
Para el contenido íntegro del acto podrá comparecer el interesado en la Dirección Provincial de Huelva del Servicio Andaluz de Empleo, Servicio de Fomento de Empleo, sito en Camino del Saladillo, s/n, Huelva.
Huelva, 14 de octubre de 2013.- El Director, Eduardo Manuel Muñoz García.
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