Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 220 de 08/11/2013

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 22 de octubre de 2013, del Juzgado de lo Social núm. Catorce de Madrid, dimanante de autos núm. 393/2012.

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NIG: 28.079.44.4-2012/0016762.

Autos núm.: Procedimiento Ordinario 393/2012.

Materia: Materias laborales individuales.

Ejecución núm.: 196/2013.

Ejecutante: Don Luis Raboso Amat.

Ejecutado: Esabe Vigilancia, S.A. y Fondo de Garantía Salarial.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Angeles Charriel Ardebol Secretario Judicial del Juzgado de lo Social núm. Catorce de Madrid, hago saber:

Que en el procedimiento de ejecución núm. 196/2013 (demanda 393/2012), de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de don Luis Raboso Amat frente a Esabe Vigilancia, S.A. y Fondo de Garantía Salarial, sobre Ejecución Forzosa se ha dictado Auto de fecha 22.10.2013 y Decreto de fecha 22.10.2013, cuyas partes dispositivas respectivas son del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva del Auto de fecha 22.10.2013:

PARTE DISPOSITIVA

Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, don Luis Raboso Amat, frente a la demandada Esabe Vigilancia, S.A., con CIF: A79183117, parte ejecutada, por un principal de 5.166,33 euros de principal, más 1.033,26 euros de intereses y costas calculados provisionalmente sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación. Mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el art. 239.4 de la LJS, debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad Banesto 2512-0000-64-0196-13.

Así, por este su Auto, lo acuerda, manda y firma.

El llmo. Sr. Magistrado-Juez, don Antonio Cervera Peláez-Campomanes.

El Magistrado-Juez.

Diligencia. Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la LRJS. Doy fe.

Parte dispositiva del Decreto de fecha 22.10.2013:

PARTE DISPOSiTIVA

En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo:

Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.

Se tiene designada para la asistencia de la parte ejecutante a la letrada doña María Concepción Arranz Perdiguero con despacho en C/ Carranza, 12, 1.º dcha, 28004, Madrid, el cual queda designado como domicilio a efectos de notificaciones de la parte ejecutante.

La Cuenta de Consignaciones del órgano judicial a efectos de pago será la siguiente: 2512-0000-64-0196-13 debiendo indicar en el campo concepto de pago banco cuenta consignaciones.

Notifíquese la presente resolución y el Auto de fecha 22.10.2013 a Esabe Vigilancia, S.A., a través de edictos a publicar en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad Banesto número 2512-0000-64-0196-13.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

La Secretaria Judicial, doña María Ángeles Charriel Ardebol.

Diligencia. Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la LRJS. Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Esabe Vigilancia, S.A., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la Oficina Judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintidós de octubre de dos mil trece.- La Secretaria Judicial.

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