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Visto el expediente incoado en esta Delegación Territorial por Endesa Distribución Eléctrica, S.L., S.L.U, en solicitud de Autorización Administrativa, Aprobación del Proyecto de Ejecución y Declaración, en concreto, de Utilidad Pública de la misma, de fecha 31.8.2011, cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre del Sector Eléctrico, la Sección I del Capítulo II, y el Capítulo V, del Título VII del R.D. 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
Visto asimismo que, en virtud de lo establecido en el art. 145 del R.D. 1955/2000, de 1 de diciembre, dentro de los plazos reglamentariamente establecidos, se presentaron alegaciones por parte de don Germán Flavio Madero Mérida, en representación de los herederos de don Francisco Rodríguez Moreno. Se desestimaron sus alegaciones para realizar un trazado alternativo, al no darse los requisitos indicados en el art. 161 del citado R.D. 1955/2000.
De acuerdo con la Resolución de 23 de febrero de 2005, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan determinadas competencias en materia de instalaciones eléctricas en las Delegaciones Provinciales de la citada Consejería, esta Delegación Territorial
RESUELVE
Primero. Autorizar y Aprobar el Proyecto de Ejecución de la instalación eléctrica referenciada cuyas características principales son:
CARACTERíSTICAS DE LA INSTALACIóN
Peticionario: Endesa Distribución Eléctrica, S.L.
Domicilio: Avda. de la Borbolla, núm. 5.
Emplazamiento: El Arahal.
Finalidad de la instalación: Ampliación planta almacenamiento CLH.
LíNEA ELéCTRICA:
Origen: Apoyo núm. 1 SE CLH Nuevo Arahal.
Final: Apoyo núm. 18 SE CLH Arahal.
T.m. afectados: El Arahal.
Tipo: Aérea.
Longitud en Km: 3,15.
Tensión en servicio: 66.
Conductores: LA-180.
Apoyos: 18 apoyos metálicos de celosía.
Aisladores: U-100-BS.
Presupuesto: 319.513,14 euros.
Referencia: R.A.T: 111635.
Expte.: 265430.
Segundo. Declarar en concreto la Utilidad Pública, implicando esta la Urgente Ocupación, según lo establecido en los arts. 53.º y 54.º de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, y a los efectos señalados Capítulo V, del Título VII del R.D. 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica con las condiciones especiales siguientes:
1. La presente Resolución de Autorización Administrativa y Aprobación de Proyecto de Ejecución, habilita al titular para la construcción de la instalación eléctrica referenciada, con la excepción establecida en el párrafo anterior.
2. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que, en su caso se soliciten y autoricen.
3. El titular de la instalación dará cuenta por escrito del comienzo de los trabajos a esta Delegación.
4. El titular de la instalación dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación, quien podrá practicar, si así lo estima oportuno, un reconocimiento sobre el terreno de la instalación.
5. La Administración dejará sin efecto la presente Resolución en cualquier momento en que se observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella. En tales supuestos, la Administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven, según las disposiciones legales vigentes.
6. Asimismo, el titular de la instalación tendrá en cuenta para su ejecución, las condiciones impuestas por los Organismos que las han establecido, las cuales han sido puestas en conocimiento y aceptadas por él.
7. Esta autorización se otorga a reserva de las demás licencias o autorizaciones necesarias de otros Organismos, y solo tendrá validez en el ejercicio de las competencias atribuidas a esta Delegación Territorial.
8. El plazo de puesta en marcha será de un año, contados a partir de la presente Resolución.
9. Esta instalación no podrá entrar en servicio mientras no cuente el peticionario de la misma, con la correspondiente Autorización de Explotación, que será emitido por esta Delegación, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el art. 132.º del R.D. 1955/2000.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en el plazo de un mes contado a partir del día de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114.º de la Ley 4/1999, de 14 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 31 de octubre de 2013.- La Delegada, Aurora Cosano Prieto.
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