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NIG: 1402142C20100006953.
Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 714/2010. Negociado: 09.
Sobre: Reclamación cantidad.
De: Katy Domínguez Torres.
Procuradora: Sra. María José Calero Serrano.
Letrado: Sr. Jacob Arenas Pérez.
Contra: Humberto Delgado Gallo.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento Juicio Verbal (250.2) 714/2010 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm.Seis de Córdoba a instancia de Katy Domínguez Torres contra Humberto Delgado Gallo, sobre reclamación cantidad, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA NúMERO 70
En Córdoba, a diecinueve de abril de dos mil once.
Tomás Torres Raya, Juez sustituto del Juzgado de Primera Instancia núm. Seis de los de esta capital, ha visto los presentes autos de juicio verbal, que se siguen en este Juzgado con el número 714/2010, a instancia de doña Katy Domínguez Torres, representada por la Procuradora Sra. Calero Serrano y asistida por el Letrado Sr. Arenas Pérez, contra don Hugo Humberto Delgado Gallo, en rebeldía –sobre reclamación de cantidad– dicto la presente (ex artículo 194 de la LEC) y sobre la base de los siguientes,
FALLO
Desestimar la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Calero Serrano en nombre y representación de doña Katy Domínguez Torres, contra don Humberto Delgado Gallo, con imposición de costas a la parte actora.
Inclúyase la presente resolución en el Libro de Sentencias dejando en las actuaciones testimonio, haciéndose saber a las partes que cabe recurso de apelación ante la llma. Audiencia Provincial, debiendo prepararse el mismo por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna conforme dispone la Ley 1/2000, de 7 de enero. Exigiéndose para la admisión a trámite del recurso la constitución del depósito previsto en la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, mediante la consignación en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado de la cantidad pertinente, prevista en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
Así por esta Sentencia, lo acuerda, manda y firma Tomás Torres Raya, Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Seis de los de Córdoba, doy fe.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Humberto Delgado Gallo, extiendo y firmo la presente en Córdoba, a diecisiete de octubre de dos mil trece.- El/La Secretario.
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