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Intentada la notificación del Acuerdo de Inicio de expediente de reintegro, de 20 de septiembre de 2013, recaído en el expediente que se indica, sin que se haya podido practicar, por medio de la presente y de conformidad con los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a la notificación de dicho Acuerdo de Inicio de expediente de reintegro, comunicándoles que para conocer el texto íntegro podrán comparecer, en horas de 9,00 a 14,00 cualquier día hábil de lunes a viernes en el plazo de quince días hábiles a contar desde el siguiente a esta publicación, en la Dirección General de Calidad, Innovación y Fomento del Turismo, Servicio de Coordinación y Fomento, sito en C/ Juan Antonio de Vizarrón, s/n, de Sevilla. Si transcurrido dicho plazo no se hubiera comparecido, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente del vencimiento del plazo señalado para comparecer.
Beneficiaria: Acentorural, S.L.N.E.
Expediente: ITPEXP09 TU4101 2009/05.
Objeto subvención: Optimización de la web.
Acto: Acuerdo de Inicio de expediente de reintegro.
Resumen del contenido: Acuerdo de Inicio de expediente de reintegro de la subvención que, por importe de 6.536,40 euros, fue concedida a la empresa Acentorural, S.L.N.E., por incumplimiento de las obligaciones impuestas al beneficiario con motivo de la concesión de la subvención: Artículo 24.1.b) de la Orden de 9 de noviembre de 2006, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de turismo, Modalidad 2 (ITP).
Sevilla, 11 de noviembre de 2013.- La Directora General, Manuela González Mañas.
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