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Procedimiento: Social Ordinario 505/2011. Negociado: 4.
NIG: 4109144S20110006092.
De: Don Manuel Rodríguez Romero.
Contra: Don Gerardo Narbona Niza, don Fernando García Morillo, don Fernando García Morillo, don Gerardo Andrés Narbona Niza, Ayuntamiento Burguillos, FOGASA, Burguillos Natural, S.L., Agua Natural de Burguillos, S.L., Complejo Hotelero La Alquería, S.L., Taller Arquitectura Burguillos, S.L., Sevicaja Burguillos, S.L., y Gey Sermarkt, S.L.
EDICTO
Don Alonso Sevillano Zamudio, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social núm. Cuatro de Sevilla,
Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 505/2011, a instancia de la parte actora don Manuel Rodríguez Romero contra don Gerardo Narbona Niza, do Fernando García Morillo, don Fernando García Morillo, don Gerardo Andrés Narbona Niza, Ayuntamiento Burguillos, FOGASA, Burguillos Natural, S.L., Agua Natural de Burguillos, S.L., Complejo Hotelero La Alquería, S.L., Taller Arquitectura Burguillos, S.L., Sevicaja Burguillos, S.L., y Gey Sermarkt, S.L., sobre Social Ordinario se ha dictado Resolución de fecha 30.11.12 del tenor literal siguiente:
Diligencia de Ordenación del Secretario Sr. don Alonso Sevillano Zamudio.
En Sevilla, a veintidós de noviembre de dos mil trece.
El anterior escrito únase a los autos de su razón, se tiene por anunciado en tiempo y forma por la parte demandada Ayuntamiento Burguillos, su propósito de recurrir en Suplicación contra la Sentencia recaída en los presentes autos. Y en cumplimiento de lo establecido en el art. 195 de la LRJS, póngase los autos a disposición del Letrado designado Lourdes Fuster Martínez, para que se haga cargo de los mismos, por sí o por persona autorizada por escrito, a fin de que formalice el recurso de suplicación anunciado, dentro de los diez días siguientes, plazo que correrá cualquiera que sea el momento en el que el Letrado retire los autos puestos a su disposición.
Asimismo se advierte a la parte recurrente que de conformidad con lo establecido en el artículo 198 LRJS, deberá hacer constar en el escrito de interposición del recurso, un domicilio en la Sede de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía Sevilla a efectos de notificaciones.
Notifíquese la presente resolución a las partes y a los demandados a través de BOJA.
Para recurrir en revisión las resoluciones dictadas por el Secretario Judicial deberá previamente acreditarse consignación de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado abierta en Banesto núm. 402300003050511, utilizando para ello el modelo oficial, debiendo indicar en el campo «Concepto» que se trata de un recurso seguido del código «31» y «Revisión de resoluciones del Secretario Judicial», de conformidad en lo establecido en el apartado 5.º de la disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma y quienes tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita.
Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria habrá de hacerse en la cuenta de Banesto 0030 1846 42 0005001274, debiendo indicar el beneficiario, Juzgado de lo Social núm. Cuatro, y en «Observaciones» se consignarán los 16 dígitos de la cuenta que componen la cuenta-expediente judicial, indicando después de estos 16 dígitos (separados por un espacio) el código «31» y «Revisión de resoluciones del Secretario Judicial».
Y para que sirva de notificación al demandado don Gerardo Narbona Niza, don Fernando García Morillo, don Fernando García Morillo, don Gerardo Andrés Narbona Niza, Burguillos Natural, S.L., Agua Natural de Burguillos, S.L., Complejo Hotelero La Alquería, S.L., Taller Arquitectura Burguillos, S.L., Sevicaja Burguillos, S.L., y Gey Sermarkt, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOJA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Sevilla, a veintidós de noviembre de dos mil trece.- El/La Secretario/a Judicial.
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