Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00038463.
Convocadas por Resolución de 18 de abril de 2013, de la Dirección General de Participación y Equidad, por la que se efectúa la convocatoria pública para la concesión de subvenciones a entidades públicas, asociaciones del alumnado y de padres y madres del alumnado y otras entidades privadas en materia de equidad, participación, voluntariado, coeducación, mediación intercultural y absentismo escolar en Andalucía para el curso 2013/2014 (BOJA núm. 88, de 8 de mayo), y reguladas por la Orden de 15 de abril de 2011 (BOJA núm. 95, de 17 de mayo), por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de dichas subvenciones; vistas las solicitudes presentadas de acuerdo con lo previsto en el artículo 10 de la citada Orden y de acuerdo con la disponibilidad presupuestaria, se constatan los siguientes antecedentes de hecho y fundamentos de derecho que motivan la presente Resolución.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha de 3 de septiembre de 2013 se dicta Propuesta Provisional de Resolución regulada en el artículo 16 de la Orden citada en el párrafo anterior, en la que se incluye la relación de Asociaciones de Alumnado beneficiarias provisionales de subvención, por importe de dos mil cuatrocientos euros (2.400,00 €).
Segundo. Al amparo del artículo 15 de la Orden de 15 de abril de 2011, que establece las bases reguladoras de estas ayudas, la Comisión Provincial Evaluadora procede al estudio y verificación de la documentación presentada en el trámite de audiencia por las diferentes Asociaciones y eleva Propuesta Definitiva de Resolución a la Delegada Territorial de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía en Almería.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. La competencia para resolver el presente procedimiento de concesión de ayudas económicas a organizaciones estudiantiles viene dada en virtud de lo dispuesto en el artículo 15 de la Orden de 15 de abril de 2011, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades públicas, asociaciones del alumnado y de padres y madres del alumnado y otras entidades privadas en materia de equidad, participación, voluntariado, coeducación, mediación intercultural y absentismo escolar en Andalucía, y se efectúa su convocatoria para el curso 2011/2012.
Segundo. Las solicitudes de ayudas económicas para financiar actividades de las organizaciones estudiantiles y la tramitación de las mismas se ajustan a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la Ley 3/2004, de 28 de diciembre, de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común, la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía, el Texto Refundido de la Ley general de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, el Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, así como la Orden de 15 de abril de 2011, por la que se establecen las bases reguladoras, y la Resolución de 18 de abril de 2013 que establece la convocatoria para el curso escolar 2013/2014 de dichas ayudas.
En su virtud y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 15 de la Orden de 15 de mayo de 2011 arriba referenciada, esta Delegación Territorial
RESUELVE
Primero. Conceder ayudas económicas para financiar actividades de organizaciones estudiantiles en la provincia de Almería durante el curso escolar 2013/2014, relacionadas en el Anexo I de la presente Resolución, con sus correspondientes cuantías, presupuestos subvencionados y porcentaje de ayuda respecto al presupuesto aceptado, con cargo todas ellas a la aplicación presupuestaria del gasto: 0.1.11.00.01.04. .486.01 .42F .8. Asimismo, incluir en dicho Anexo I las entidades no beneficiarias y los motivos de exclusión.
Segundo. La entidad beneficiaria deberá justificar, en el plazo máximo de 31 de agosto de 2014, la correcta inversión de la ayuda concedida mediante la presentación de una Cuenta Justificativa con aportación de justificantes de gasto, de acuerdo con el apartado 26.f) del Cuadro-Resumen propio de esta línea de subvención de la Orden de 15 de abril de 2011, presentando la siguiente documentación, en relación con lo indicado en el artículo 27.2.a)1.º de las Bases Reguladoras de la citada Orden:
1. Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos.
2. Una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas que contendrá:
a) Una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con identificador del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago. En caso de que la subvención se otorgue con arreglo a un presupuesto, se indicarán las desviaciones acaecidas.
b) Las facturas o documentos de valor probatorio equivalente el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa incorporados a la relación a la que se hace referencia en el párrafo anterior y, en su caso, la documentación acreditativa de pago.
c) Indicación, en su caso, de los criterios de reparto de los costes generales y/o indirectos incorporados en la relación a que se hace referencia en el primer párrafo.
d) Una relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia.
e) Los tres presupuestos que, en aplicación del artículo 31.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, deba haber solicitado la persona beneficiaria.
f) En su caso, carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados así como de los intereses derivados de los mismos.
Tercero. Pago efectivo de las ayudas.
Las ayudas concedidas a los distintos proyectos se pondrán a disposición de las organizaciones estudiantiles mediante los correspondientes libramientos a justificar y las consiguientes transferencias bancarias a las cuentas corrientes autorizadas de dichas organizaciones, para el curso 2013/2014, por el 100% adjudicado.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, desde el día siguiente a su publicación, ante el mismo órgano que lo hubiera dictado, de conformidad con lo previsto en los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
ANEXO I
1. Relación de Entidades beneficiarias
ORGANIZACIÓN ESTUDIANTIL | CIF | SUBVENCIÓN CONCEDIDA | PRESUPUESTO DE LA ACTIVIDAD | PORCENTAJE DE AYUDA |
Asociación de alumnos/as «Nueva Juventud» del CEIP «Nuestra Señora de la Salud» de Laujar de Andarax | G04102349 | 400,00€ | 400,00€ | 100 % |
Asociación de Alumnos/as «Scorpio» del IES «Manuel de Góngora» de Tabernas | G04561973 | 400,00€ | 400,00€ | 100% |
Asociación de Alumnos/as «Cálamus» del IES «Cerro Milano» de Alhama deAlmería | G04395810 | 400,00€ | 400,00€ | 100% |
Asociación de Alumnos/as «Cerro Castillo» del IES «Martín García Ramos» de Albox | G04312351 | 400,00€ | 1.150,00€ | 34,78 % |
Asociación de Alumnos/as «IES La Mojonera» del IES «La Mojonera» | G04340238 | 400,00€ | 400,00€ | 100 % |
2. Relación de solicitudes desestimadas por falta de presentación en plazo de los documentos exigidos en por la Propuesta Provisional de Resolución.
ORGANIZACIÓN ESTUDIANTIL | CIF | LOCALIDAD |
Asociación de alumnos/as «Zapillomar» del IES «Nicolás Salmerón» | G04102349 | ALMERÍA |
Almería, 17 de octubre de 2013.- La Delegada, Isabel Arévalo Barrionuevo.
Descargar PDF