Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 242 de 12/12/2013

5. Anuncios5.2 Otros anuncios oficiales

Ayuntamientos

Anuncio de 30 de octubre de 2013, del Ayuntamiento de Albolote, de bases para la provisión de plazas de Técnico de Medio Ambiente.

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La Junta de Gobierno Local, en sesión de fecha 27 de noviembre de 2013, aprobó las siguientes bases:

BASES DE SELECCIÓN PARA LA PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE TÉCNICO DE MEDIO AMBIENTE, MEDIANTE EL PROCEDIMIENTO DE CONCURSO-OPOSICIÓN

A. NORMAS GENERALES

1. El objeto de las presentes bases, es la Convocatoria de Proceso selectivo para la provisión de una plaza de Técnico de Medioambiente vacante en la plantilla de funcionarios de este Ayuntamiento, encuadrado dentro de la escala de Administración Especial, subescala Técnica, Grupo A, Subgrupo A1, incluida en la Oferta de Empleo Público de 2010, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia núm. 57, de 25 de marzo de 2010, y dotada con las retribuciones básicas correspondientes al Grupo A1 y las retribuciones complementarias previstas en la Relación de Puestos de Trabajo de este Ayuntamiento.

2. A las presentes pruebas selectivas les será de aplicación con carácter preferente las presentes Bases, sin perjuicio de lo dispuesto en la normativa sobre función pública aplicable a la Administración Local:

- Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

- La Ley 7/1985 , de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

- La Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en cuanto no se oponga a lo dispuesto en el EBEP.

- El Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril.

- El R.D. 896/1991, de 7 de junio, por el que se aprueban las reglas básicas y programas mínimos del procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local.

- El R.D. 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicios de la Administración General del Estado.

3. Requisitos.

Para participar en el concurso-oposición, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español o nacional de uno de los restantes Estados miembros de la Unión Europea o de aquellos Estados a los que les sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos previstos en la Ley estatal que regule la materia. Independientemente de su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea, y cuando así lo prevea el correspondiente Tratado, el cónyuge de los nacionales de algún Estado en los que sea de aplicación la libertad de circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, y con las mismas condiciones que los cónyuges, podrán participar los descendientes y los de su cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

b) Tener cumplidos dieciséis años de edad.

c) Estar en posesión del Título de Licenciado en Ciencias Ambientales, o estar en condiciones de obtenerlo, en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.

d) Estar en posesión del titulo de Licenciado en Ciencias Ambientales, o estar en condiciones de obtenerlo, en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.

e) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las funciones propias del trabajo a realizar.

f) No haber sido separado o suspendido mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas por Sentencia Judicial firme.

Los requisitos establecidos en esta base, deberán reunirse el último día del plazo de presentación de instancias y mantenerlos durante el proceso selectivo.

4. Instancias y admisión.

Las instancias para tomar parte en las pruebas se dirigirán al Sr. Alcalde y deberán contener la declaración de que el interesado reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base anterior. Deberán ir acompañadas de:

- Fotocopia del DNI y resguardo de ingreso de los Derechos de examen, que serán de 45 euros.

- Fotocopias compulsadas de los documentos y méritos que se aleguen, en cuanto a méritos profesionales, en la fase de concurso, especificando el área de desempeño de las funciones. Los méritos o servicios a tener en cuenta en el concurso se refieren a la fecha en que expire el plazo de presentación de solicitudes y se acreditarán mediante fe de vida laboral y certificado emitido por la Administración correspondiente.

- Los cursos se acreditarán mediante certificación o copia compulsada expedida por el centro en que se haya cursado o mediante copia compulsada del diploma o título expedido. En el certificado o en el título deberá constar la denominación del curso, centro que lo imparte, período de celebración del mismo y número de horas.

- El plazo de presentación de instancias será de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Su presentación podrá hacerse en el Registro General del Ayuntamiento o, de las formas establecidas en el art. 38 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5. Relación de aspirantes admitidos y excluidos.

- Expirado el plazo de presentación de instancias, se dictará resolución, que deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, declarando aprobados la lista provisional de admitidos y excluidos, con indicación de las causas y el plazo de subsanación de defectos, que será de diez días, según los previsto en el artículo 71 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre. Asimismo, se determinará el lugar, fecha y hora del comienzo del concurso y del ejercicio.

La publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Provincia será determinante de los plazos a efectos de posibles impugnaciones o recursos.

Subsanados, en su caso, los defectos que hubiesen sido apreciados, la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos se expondrá en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Albolote, en el BOP, determinándose en ese anuncio la fecha y hora del comienzo del primer ejercicio.

6. Tribunal de valoración.

El Tribunal calificador de los ejercicios y méritos alegados estará constituido de acuerdo con lo establecido en el Estatuto Básico del Empleado Público, de la siguiente forma:

Presidente:

Secretario/a con voz y voto:

Tres Vocales:

Cada uno de ellos con sus respectivos suplentes.

La determinación de los miembros del Tribunal se realizará en la Resolución acordando la fecha y hora del comienzo del primer ejercicio.

Su composición debe ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros y tenderá, asimismo, a la paridad entre hombre y mujer, de conformidad con lo establecido en el art. 60.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual no podrán formar parte de los órganos de selección.

La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.

El Tribunal actuará válidamente con la asistencia de, al menos, la mitad más uno de sus miembros, y entre estos concurran el Presidente y el Secretario, sean titulares o suplentes.

Las decisiones del Tribunal se adoptarán por mayoría de votos de los presentes, resolviendo, en caso de empate, el voto de quien actúe como Presidente.

En todos los casos, los Vocales deberá poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a las plazas.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, debiendo comunicarlo a la Presidencia del Ayuntamiento de Albolote, que resolverá lo procedente.

Por estas mismas causas, podrá promoverse recusación por los interesados en cualquier momento de la tramitación del Procedimiento, conforme a lo establecido en el artículo 29 de la citada Ley 30/1.992.

El Presidente del Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición, que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes, en este caso, el Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyo ejercicio figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad de los mismos.

Cuando lo considere conveniente, el Tribunal podrá recabar la colaboración de Asesores expertos en la materia de que se trate, que actuarán con voz pero sin voto. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas.

El Tribunal queda facultado para interpretar estas bases, resolver las dudas e incidencias que se planteen y para tomar las decisiones necesarias para asegurar el correcto desarrollo de esta convocatoria, en todo aquello no previsto en las presentes Bases.

B. PROCEDIMIENTO SELECTIVO

La fase de concurso, que será previa a la oposición, no tendrá carácter eliminatorio, ni podrá tenerse en cuenta para superar la prueba de la fase de oposición. Los aspirantes deberán presentar los documentos acreditativos que aleguen mediante los correspondientes certificados de las Administraciones Públicas correspondientes.

El Tribunal procederá a valorar los méritos alegados por los aspirantes y el resultado se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, previamente al inicio del ejercicio de la oposición.

El día, hora y lugar de la celebración del concurso se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia.

El Orden de actuación de los aspirantes, se iniciará por orden alfabético a partir del primero de la letra «A», de conformidad con la Resolución de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas de 6 de febrero de 2013 (BOE núm. 37, de 12 de febrero).

Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo caso de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el Tribunal.

Fase de concurso: No tiene carácter eliminatorio.

La valoración de los méritos se ajustará a los siguientes criterios:

Méritos profesionales (hasta un máximo de nueve puntos).

1. Por cada mes completo de servicios prestados en la Administración Local en plaza o puesto de igual o similar contenido al que se opta: 0,10 puntos.

2. Por cada mes completo de servicios prestados en cualquiera de las otras Administraciones Públicas en puesto de igual o similar contenido al que se opta: 0,05 puntos.

3. Por cada mes completo de servicios prestados en Empresas Privadas realizando tareas de similar categoría, acreditado a través certificado de empresa, certificado de Contrato visado por el INEM y certificado de vida laboral expedido por la seguridad social: 0,03.

No se tendrán en cuenta para su valoración las fracciones de mes inferiores a 15 días.

Cursos (máximo cuatro punto).

Se valorarán aquellas jornadas y cursos de formación y perfeccionamiento impartidos por Instituciones Públicas, las homologadas oficialmente para la impartición de cursos y los impartidos por los sindicatos dentro de los programas de Formación Continua, que tengan relación directa con las actividades a desarrollar en el puesto de trabajo, debiendo estar debidamente acreditados a juicio del Tribunal y relacionados con los conocimientos necesarios para el desempeño del puesto: por cada hora de curso o jornada realizada se dará una puntuación de 0,010 puntos. Si algún curso no especificase el número de horas se le dará un valor de 5 horas.

Los cursos se acreditarán mediante certificación o copia compulsada expedida por el centro en que se haya cursado o mediante copia compulsada del diploma o título expedido. En el certificado o en el título deberá constar la denominación del curso, centro que lo imparte, periodo de celebración del mismo y número de horas.

Aplicación del concurso: los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a la puntuación obtenida en la fase de oposición y de entrevista curricular al objeto de establecer el orden definitivo de aprobados.

Fase de oposición:

Primer ejercicio: De carácter obligatorio consistirá en contestar por escrito a un cuestionario tipo test, de cien preguntas, con respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas correcta y con cien minutos para su ejecución. Las preguntas versarán sobre el programa de materias contenidos en el Bloque I de esta convocatoria. Este ejercicio tendrá carácter eliminatorio.Se calificará hasta un máximo de 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superar el ejercicio.

Segundo ejercicio: De carácter obligatorio, consistirá en la redacción de dos temas de tres propuestos por el Tribunal, de entre los que figuran en el Bloque II, por un tiempo de ciento ochenta minutos máximo, y donde se tendrá en cuenta fundamentalmente, la precisión de los conceptos, el rigor en la expresión y la capacidad de formación. Este ejercicio tendrá carácter eliminatorio. El Tribunal podrá acordar que las personas aspirantes realicen la lectura pública del ejercicio, en cuyo caso, podrá realizarle las preguntas que considere necesarias sobre materias referidas al contenido de los temas expuestos.

Se calificará hasta un máximo de 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superar el ejercicio.

Tercer ejercicio: De carácter eliminatorio, consistirá en el desarrollo por escrito, durante un periodo máximo de dos horas, de dos supuestos prácticos a determinar por el Tribunal inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, igual para todos los opositores, acorde con las características y funciones a desempeñar por la categoría de la plaza convocada, relacionado con los temas contenidos en el temario que sigue como Bloque II.

El Tribunal determinará previo a la realización del ejercicio, si los opositores pueden utilizar textos legales.

Se calificará hasta un máximo de 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superar el ejercicio.

De las puntuaciones que otorguen los miembros del Tribunal calificador en los ejercicios segundo y tercero, se eliminarán aquellas puntuaciones que difieran entre sí de tres o más puntos de tal manera que la nota será la media de las restantes puntuaciones concedidas por el resto del Tribunal.

Entrevista:

Se realizará una entrevista cuyo contenido versará sobre las tareas propias del puesto al que aspira.

Se calificará de cero a tres puntos. Para determinar la nota obtenida por cada opositor en la misma se sumaran las notas que otorguen cada uno de los miembros del Tribunal y se dividirá por el número de miembros asistentes al mismo.

El resultado final de la fase de oposición se obtendrá de la suma de las puntuaciones de cada ejercicio superado y de la entrevista.

La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones de la fase de concurso, de oposición y de la entrevista curricular. En caso de empate se resolverá a favor de quién haya obtenido mayor puntuación en la fase de oposición. En caso de persistir en el empate, se resolverá la selección a favor del opositor que tenga mayor puntuación en la segunda prueba.

Contra la actuación del Tribunal se podrá interponer recurso de alzada ante el Presidente de la Corporación Local en el plazo de un mes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.2 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado.

Lista de aprobados: Una vez finalizadas las pruebas, el Tribunal hará público en el tablón de anuncios del Ayuntamiento la relación de aprobados por orden de puntuación. El número de aprobados no podrá rebasar el número de plazas convocadas.

La relación definitiva de personas aprobadas será elevada a Alcaldía, con propuesta de nombramiento de funcionario/a de carrera.

C) PRESENTACION DE DOCUMENTOS Y NOMBRAMIENTOS

Los aspirantes propuestos deberán presentar ante el Ayuntamiento en el plazo de 20 días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la relación de aprobados en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, los documentos acreditativos de los requisitos exigidos en la convocatoria, así como la declaración jurada de no hallarse en ninguno de los supuestos de incompatibilidades previstos en la legislación vigente.

Quienes tuvieran la condición de funcionarios públicos estarán exentos de justificar los requisitos, debiendo presentar únicamente certificación de la Administración u organismo de quien dependa acreditando su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal.

Quienes dentro del plazo fijado, y salvo fuerza mayor, no presentarán la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de algunos de los requisitos señalados, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera y quedaran anuladas sus actuaciones sin perjuicio de las responsabilidades en las que pudieran haber concurrido por falsedad en la solicitud inicial.

Cumplidos los trámites anteriores, la Alcaldía, dictará resolución de nombramiento. Los aspirantes seleccionados deberán tomar posesión en el plazo de 30 días naturales, a contar del siguiente al que sea notificado. El nombramiento se publicará en el BOP.

D) NORMA FINAL

En lo no previsto en estas Bases, se estará a lo dispuesto en la Legislación aplicable prevista en la Base primera. Contra la convocatoria y sus Bases, podrá interponerse, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente, al de su publicación de su anuncio en el BOE, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia

No obstante podrán interponer recurso potestativo de reposición ante la Alcaldía, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la indicada publicación sin perjuicio de que se interpongan los recursos que se estimen oportunos.

ANEXO

PROGRAMA BLOQUE I

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Estructura. Contenido. Principios y valores fundamentales. Titulo Preliminar.

Tema 2. El Poder Legislativo. Las Cortes Generales. El Gobierno. Relaciones entre el Gobierno y el Poder Legislativo.

Tema 3. La Ley 38/2003, de 17 de diciembre, General de Subvenciones y su Reglamento. Disposiciones Generales, Procedimiento de concesión, gestión y justificación. Reintegro. Programa de Fomento del Empleo Agrario. Nociones Generales.

Tema 4. El Estatuto de Autonomía de Andalucía: Estructura y características generales. Competencias. Organización.

Tema 5. Sometimiento de la Administración a la ley y al derecho. Fuentes del derecho público. La ley. Clases de leyes.

Tema 6. El procedimiento administrativo común: concepto y fases. Los recursos administrativos: concepto y clases. El acto administrativo. Concepto. Elementos. Clases y requisitos. La notificación.

Tema 7. El interesado. Concepto y clases. La capacidad del interesado y sus causas modificativas. Colaboración y participación de los ciudadanos. Derechos de los ciudadanos en sus relaciones con la Administración Pública.

Tema 8. Funcionamiento de los órganos colegiados locales. Convocatoria y orden del día. Requisitos de constitución. Votaciones. Actas y certificados de acuerdos. El Alcalde: Elección y competencias.

Tema 9. El municipio. Población. Territorio. Organización. Competencias.

Tema 10. El Personal al servicio de la Administración Local: Clases. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Situaciones administrativas. Derechos y deberes de los funcionarios. Régimen disciplinario. Régimen de incompatibilidades.

Tema 11. Expropiación forzosa: definición, elementos, Procedimiento ordinario. La reversión.

Tema 12. Responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas: concepto, requisitos, responsabilidad concurrente. La indemnización.

Tema 13. La potestad sancionadora de la Administración: procedimiento sancionador y principios generales.

Tema 14. Los bienes de las entidades locales. Clases. Bienes de dominio público. Bienes de patrimoniales. Patrimonio Público de Suelo. Potestades de las entidades locales en relación con sus bienes. Los bienes comunales.

Tema 15. Los contratos del sector público en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público TRLCSP: Delimitación. Los principios generales de la contratación del sector público. Las partes en los contratos del sector público. El órgano de contratación. El empresario: Capacidad, prohibiciones, solvencia y clasificación.

Tema 16. El contrato de servicios en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público TRLCSP: Régimen jurídico. Ejecución, modificación, cumplimiento y resolución.

Tema 17. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. Objeto, ámbito de aplicación. Derechos y obligaciones. Servicios de prevención y su desarrollo reglamentario.

Tema 18. El presupuesto local. Elaboración, aprobación y ejecución presupuestaria. La fiscalización del presupuesto.

Tema 19. Igualdad de oportunidades. Principios de igualdad. Marco normativo europeo. Marco normativo español. El enfoque de género. Estrategias para desarrollar la igualdad de oportunidades. Acciones positivas. Planes de igualdad de oportunidades.

Tema 20. Los principios de la potestad sancionadora. Iniciación del expediente sancionador. Instrucción del procedimiento. Propuestas de resolución.

PROGRAMA BLOQUE II

TEMARIO ESPECíFICO

Tema 1. Medio biofísico de Albolote: geología, hidrología, clima, vegetación, flora y fauna.

Tema 2. El programa de sostenibilidad ambiental urbana Ciudad 21 de la Consejería de Medio Ambiente. Implantación en Albolote.

Tema 3. Las agendas 21 locales: conceptos y fases. El diagnóstico ambiental de la agenda 21 local de Albolote: aspectos generales.

Tema 4. La elaboración de los planes de acción de la agenda 21 local. El plan de acción de la agenda 21 local de Albolote.

Tema 5. El consejo local de medio ambiente de Albolote.

Tema 6. Restauración de la Vegetación. Geobotánica y fitosociología: Conceptos básicos. Series de vegetación y Asociaciones vegetales en Albolote. Especies adecuadas para la restauración de espacios degradados. Modelos de restauración.

Tema 7. La jardinería mediterránea en el tratamiento de zonas verdes urbanas. La xerojardinería.

Tema 8. Los parques de Albolote: características y especies ornamentales principales. Los árboles singulares. Descripción de las labores principales a realizar en parques y jardines municipales.

Tema 9. Principales plagas urbanas. Control de plagas.

Tema 10. El picudo rojo: características y biología. Principales especies sensibles en Albolote. Protocolo de actuación municipal frente al picudo rojo en Albolote.

Tema 11. Jardines botánicos. Uso didáctico.

Tema 12. Medidas de seguridad en los parques infantiles.

Tema 13. Planes de autoprotección. Plan Local de Emergencia Municipal. El Plan de emergencia municipal contra incendios forestales.

Tema 14. Incendios forestales: triángulo del fuego, el proceso de combustión, la propagación del calor, el triángulo del fuego y la previsión y la extinción, tipos de fuegos y caracterización de los incendios forestales.

Tema 15. Plan Director de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos de Granada: Planificación, Objetivos, Evolución del Plan, Configuración Territorial, Plantas de Transferencia, Plantas de Recuperación y Compostaje.

Tema 16. Residuos Sólidos Urbanos en Albolote. Red de contenedores. Gestión y problemática actual. Recogida selectiva.

Tema 17. Puntos limpios: normas reguladoras, obligaciones de la entidad explotadora y usuarios, requisitos que han de cumplir las instalaciones. Punto limpio en Albolote.

Tema 18. Real decreto 140/2003 por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano.

Tema 19. Depuración de aguas residuales mediante gestión de fangos activos.

Tema 20. Gestión de lodos de depuración de aguas residuales urbanas. Procedencia, Composición, Estabilización y acondicionamiento. Normativa sobre utilización de lodos de depuración en sector agrario en Andalucía.

Tema 21. Análisis de aguas residuales: Muestreo, DBO5, DQO, caracterización de la carga contaminante, parámetros de diseño, parámetros de control, sedimentabilidad, nitrógeno y fósforo.

Tema 22. Energías Renovables y Alternativas. Tipos y características: hidroeléctrica, eólica, solar térmica, solar fotovoltáica, biomasa, biogas y biocarburantes.

Tema 23. Plan Andaluz de Humedales: Finalidad del Plan. Enfoque de referencias. Objetivos. Principios de Gestión. Ambito y Duración del Plan.

Tema 24. Piscinas de Uso Colectivo. Riesgos sanitarios. Tratamiento del agua. Control de calidad del agua. Valoración y solución de los problemas más frecuentes que presenta el agua en los vasos. Condiciones higiénicas de las instalaciones. Normas para los usuarios. Gestión de piscinas públicas.

Tema 25. La prevención ambiental: Legislación comunitaria y estatal. Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integral de la Calidad Ambiental. Calificación ambiental: Autorización Ambiental Integrada, Autorización Ambiental Unificada, Evaluación Ambiental de Planes y Programas, Calificación Ambiental y Autorizaciones de Control de la Contaminación Ambiental.

Tema 26. Procedimiento de Calificación Ambiental.

Tema 27. La Autorización Ambiental Unificada en nuestro marco legislativo autonómico.

Tema 28. Contaminación acústica: Competencias, zonificación, mapas de ruido, zonas de servidumbre, Planes de acción, Estudios acústicos, zonas de protección acústica especial, zonas acústicamente saturadas y limitación o restricción a la actividades de ocio en la vía pública.

Tema 29. Vías Pecuarias: Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Vías pecuarias del término municipal de Albolote.

Tema 30. Protección de Animales: Licencia municipal de tenencia de animales potencialmente peligrosos. Registro municipal de animales potencialmente peligrosos.

Tema 31. Protección de Flora y Fauna silvestres: Creación de Reserva Ecológica. Plan Técnico de Caza. Sistemas de Calidad en sueltas y repoblaciones.

Tema 32. Sistema de Gestión Ambiental.

Tema 33. Gestión energética municipal. Plan Provincial de Protección del Clima. Normativa medioambiental de la Comunidad Autónoma de Andalucía: Incidencia en el urbanismo.

Tema 34. La gestión de RAEEs en Albolote.

Tema 35. La educación ambiental en Albolote.

Tema 36. Ordenanza general reguladora de la gestión de residuos y limpieza pública.

Tema 37. Ordenanza municipal de protección del ambiente acústico.

Tema 38. Ordenanza municipal reguladora de la tenencia y protección de animales. Animales peligrosos: Definición y características, medidas de seguridad e inspección.

Tema 39. Las licencias de tenencia de animales potencialmente peligrosos: Procedimiento y normativa de aplicación Procedimiento sancionador.

Tema 40. Ordenanza solar térmica.

Tema 41. Las licencias de apertura de establecimientos. Concepto y evolución. Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio: Objeto y ámbito de aplicación.

Tema 42. La libertad de establecimiento de los prestadores de servicios y simplificación administrativa. Incidencia en el procedimiento administrativo de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, y del Real Decreto 2009/2009, de 23 de diciembre. Ley 3/2010, de 21 de mayo, de la Junta de Andalucía. Especial referencia al comercio ambulante.

Tema 43. Ordenanza municipal reguladora del procedimiento de acceso y ejercicio de actividades de servicios incluidas en la ley 17/2009, de 23 de noviembre.

Tema 44. Ordenanza reguladora del procedimiento de comprobación de actividades comerciales de conformidad con lo dispuesto en la ley 12/2012 de 26 de diciembre del ayuntamiento de Albolote.

Tema 45. Los suelos contaminados: Normativa aplicable.

Tema 46. Auditoría ambiental.

Tema 47. Contaminación lumínica: Zonificación lumínica, tipos de alumbrado, limitaciones y características del alumbrado según la normativa autonómica vigente.

Tema 48. Contaminación acústica: Competencias municipales, áreas de sensibilidad acústica, mapas de ruido y planes de acción.

Tema 49. Régimen especial de determinadas zonas acústicas. Zonas de servidumbre acústica.

Tema 50. Control y disciplina acústica. Marco normativo.

Tema 51. Características requeridas para el material vegetal que se debe utilizar en reforestación. Actuaciones de reforestación didáctica en Albolote.

Tema 52. La energía solar térmica: Instalación de la energía solar térmica en edificios e instalaciones municipales de Albolote.

Tema 53. Evaluación de la limpieza viaria en los municipios.

Tema 54. Enumeración de los distintos tratamientos selvícolas de suelo y vuelo en las masas forestales y la secuencia lógica de ejecución de los mismos.

Tema 55. Mejoras del hábitat para la potenciación de los espacios cinegéticos.

Tema 56. Control de legionella. Normativa aplicable.

Tema 57. Análisis DAFO contenidos en el DIAM de Albolote.

Tema 58. Herramientas locales de sostenibilidad ambiental en Albolote.

Tema 59. Prevención de riesgos laborales en jardinería y paisajismo. Aspectos generales.

Tema 60. Sierra Elvira: Estudio biofísico. Endemismos de Sierra Elvira.

Tema 61. Bosques islas: Concepto y características. Sierra Elvira como bosque isla.

Tema 62. Campaña de sacrificio de cerdos: Normativa aplicable.

Tema 63. La educación ambiental en Albolote. Herramientas locales de sostenibilidad ambiental en Albolote.

Tema 64. El pacto de alcaldes y el plan de acción para la energía sostenible del Municipio de Albolote.

Tema 65. La actuación municipal frente a los vehículos abandonados: Normativa aplicable y procedimiento llevado a cabo por el ayuntamiento de Albolote.

Tema 66. Animales abandonados: Definición y actuación municipal según la normativa vigente.

Tema 67. Lagunas existentes en la localidad: Localización, características físicas y ecológicas, impactos y conservación.

Tema 68. Las zonas verdes: Funciones y parámetros que intervienen en su gestión.

Tema 69. Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía: Disposiciones generales. Establecimientos públicos. Organizadores.

Tema 70. Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía: Espectadores y asistentes. Régimen sancionador.

Albolote, 30 de octubre de 2013.- El Alcalde, Pablo García Pérez.

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