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NIG: 2906744S20130004386.
Procedimiento: Despidos/ Ceses en general 315/2013. Negociado: b2.
De: Don José David Rico Zambrana.
Contra: Automóviles Torcal, S.L.
EDICTO
Don Juan Carlos Ruiz Zamora, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social número Siete de Málaga.
Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 315/2013, a instancia de la parte actora don José David Rico Zambrana contra Automóviles Torcal, S.L., sobre Despidos/Ceses en general se ha dictado Resolución de fecha 25.9.13, del tenor literal siguiente:
FALLO
Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda formulada por don José David Rico Zambrana frente a la entidad Automóviles Torcal, S.L., declarando el despido improcedente y extinguida la relación laboral a fecha de 25 de septiembre de 2013, y condenando a Automóviles Torcal, S.L., al abono al actor de la cantidad de 33.982,20 euros en concepto de indemnización.
Igualmente se condena a Automóviles Torcal, S.L., al pago a don José David Rico Zambrana de la cuantía de 9.854,60 euros por salarios debidos desde septiembre de 2012 a febrero de 2013.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Málaga.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Publicación. Dada, leída y publicada fue la anterior Sentencia por el/la Sr./Sra. Magístrado/Juez que la dictó, estando el/la mismo/a celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, el/la Secretario Judicial doy fe, en Málaga.
Y para que sirva de notificación al demandado Automóviles Torcal, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Málaga, a tres de diciembre de dos mil trece.- El/La Secretario/a Judicial.
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