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La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, tiene por objeto la ordenación de un sistema integral de formación profesional, cualificaciones y acreditación, que responda con eficacia y transparencia a las demandas sociales y económicas a través de las diversas modalidades formativas. De conformidad con lo establecido en su artículo 11, las Administraciones, en el ámbito de sus competencias, podrán crear y autorizar centros integrados de formación profesional, con las condiciones y requisitos que se establezcan.
La Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía, establece en su artículo 73 que se creará de una red de centros integrados de formación profesional que impartirán todas las ofertas correspondientes a los subsistemas de formación profesional, referidas al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, conducentes a la obtención de los títulos de formación profesional y certificados de profesionalidad a los que se refiere la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio.
El Real Decreto 1558/2005, de 23 de diciembre, por el que se regulan los requisitos básicos de los centros integrados de formación profesional, establece en su artículo 4.3 que la Administración educativa podrá autorizar centros integrados de formación profesional de titularidad privada.
El Decreto 334/2009, de 22 de septiembre, por el que se regulan los centros integrados de formación profesional en la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece en su artículo 7.1 que la apertura y funcionamiento de los centros privados integrados de formación profesional se someterá al principio de autorización administrativa, la cual se concederá siempre que se reúnan los requisitos que se establecen en el artículo 9 de dicho Decreto.
El Decreto 128/2013, de 24 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, recoge en su artículo 8, apartado 2, letra C, que la programación, coordinación y control de los centros de formación profesional, así como la propuesta de elaboración de normas sobre su organización y funcionamiento es competencia de la Secretaría General de Formación Profesional y Educación Permanente.
En consecuencia, considerando que el centro docente privado «Comunidad Sorda Andaluza» de Atarfe (Granada), con código 18000222, cumple los requisitos establecidos en el artículo 9 del Decreto 334/2009, de 22 de septiembre, y a propuesta de la Secretaría General de Formación Profesional y Educación Permanente,
DISPONGO
Primero. Autorización.
Se autoriza al centro docente privado «Comunidad Sorda Andaluza», con código 18000222, y domicilio en calle Maracena, s/n, de Atarfe (Granada), cuya tituralidad ostenta la Fundación Andaluza de Accesibilidad y Personas Sordas como centro privado integrado de formación profesional.
Segundo. Inscripción en el Registro de Centros Docentes.
Del contenido de la presente Orden se dará traslado al Registro de Centros Docentes, establecido por el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes, mediante las correspondientes anotaciones.
Recursos.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10.1.a), 14.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 29 de noviembre de 2013
Luciano alonso alonso | |
Consejero de Educación, Cultura y Deporte |