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El artículo 20.1 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en adelante LOPD), establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrán hacerse por medio de una disposición general publicada en el Boletín Oficial del Estado o diario oficial correspondiente. En igual sentido se pronuncia el artículo 52 del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, aprobado por el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre.
Por otra parte, el artículo 39.2 de la Ley Orgánica 15/1999, dispone que será objeto de inscripción, en el Registro General de Protección de Datos, los ficheros que contengan datos personales y de los cuales sean titulares las Administraciones de las Comunidades Autónomas, así como sus entes y organismos dependientes, sin perjuicio de que se inscriban, además, en los registros a que se refiere el artículo 41.2 de la mencionada Ley.
Asimismo, resulta de aplicación el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, en especial los artículos arriba referidos, concretamente en los Capítulos I y II del Título V. Así, el artículo 52.2 del citado Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, establece que en todo caso, la disposición o acuerdo deberá dictarse y publicarse con carácter previo a la creación, modificación o supresión del fichero.
La Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, se crea en virtud del artículo 18.1 de la Ley 1/2011, de 17 de febrero, de reordenación del sector público de Andalucía. Se configura como agencia pública empresarial de las previstas en el artículo 68.1.b) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
La constitución de la Agencia supone la extinción de la Fundación Andaluza de Servicios Sociales y la Fundación Andaluza para la Atención a las Drogodependencias e Incorporación Social, subrogándose la Agencia en las relaciones jurídicas, bienes, derechos y obligaciones de los que eran titulares ambas Fundaciones en virtud de la disposición adicional primera del Decreto 101/2011, de 19 de abril, por el que se aprueba los Estatutos de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía. Esto ha originado que los ficheros que eran gestionados por dichas fundaciones ahora pasan a integrarse en la Agencia, la cual debe regular la creación de dichos ficheros según la normativa que le resulta de aplicación en materia de LOPD y el R.D. 1720/2007, de 21 de diciembre, por la que se regulariza el tratamiento de datos de carácter personal.
Igualmente, y en virtud del mencionado Decreto 102/2011, de 19 de abril, la Agencia se ha subrogado además en la totalidad de los derechos y obligaciones de la Consejería competente en materia de igualdad y bienestar, asumidos en el ejercicio de las funciones que aquélla tiene atribuidas. En virtud de ello, resulta necesaria la supresión de los ficheros en los que figura como órgano responsable la Secretaría General para la Atención a la Dependencia, órgano extinto conforme al Decreto 102/2011, de 19 de abril, por el que se modifica el Decreto 174/2009, de 19 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería para la Igualdad y el Bienestar Social. Asimismo, se procede a la creación de los ficheros que incorporen los datos personales necesarios para la gestión de las políticas de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia en el ámbito de la citada Agencia.
En su virtud, y en uso de las atribuciones que me confiere el artículo 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía y al objeto de dar cumplimiento al citado artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y a los artículos 52 y 53 del Reglamento de desarrollo de la misma, aprobado por el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre,
DISPONGO
Primero. Creación de ficheros.
De conformidad con lo previsto en el artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, de desarrollo de la misma, se crean los ficheros que se relacionan en el Anexo I de esta Orden, los cuales se gestionarán por la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía (en adelante ASSDA), que tendrán la estructura y contenido que figuran en el citado Anexo para cada uno de ellos.
Segundo. Supresión de ficheros.
Se suprimen los ficheros con datos de carácter personal relacionados en el Anexo II de esta Orden, cuyos datos tendrán el destino que se indique en el mismo.
Tercero. Medidas de índole técnica y organizativas.
La persona titular del órgano responsable del fichero adoptará las medidas necesarias para asegurar la confidencialidad, seguridad e integridad de los datos, así como las conducentes a hacer efectivas las demás garantías, obligaciones y derechos reconocidos en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre y en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre.
Cuarto. Cesiones de datos.
1. Los datos de carácter personal contenidos en los ficheros referidos en el Anexo I de la presente Orden, sólo podrán ser cedidos en los términos previstos en los artículos 7, 8, 11 y 21 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y en el artículo 10 del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, aprobado por el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre.
2. Igualmente, los datos de carácter personal contenidos en los ficheros referidos en el Anexo I de la presente Orden, se podrán ceder al Instituto de Estadística de Andalucía, para fines estadísticos y de acuerdo con la Ley 4/1989, de 12 de diciembre, de Estadística de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Quinto. Prestación de servicios de tratamiento de datos.
1. La Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía podrá celebrar contratos de colaboración para el tratamiento de datos con estricto cumplimiento de lo señalado en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y en su Reglamento de desarrollo, aprobado por el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, respecto a las garantías y protección de los titulares de los datos.
2. Quienes, por cuenta de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, presten servicios de tratamiento de datos de carácter personal, realizarán las funciones encomendadas conforme a las instrucciones del responsable del tratamiento y así se hará constar en el contrato que a tal fin se realice, en los términos previstos en los artículos 20 a 22 del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, aprobado por el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, no pudiendo aplicarlos o utilizarlos con fin distinto, ni comunicarlos, ni siquiera para su conservación, a otras personas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la citada Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre.
Sexto. Derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición.
Las personas interesadas cuyos datos de carácter personal estén incluidos en algunos de los ficheros regulados en esta Orden, podrán ejercitar su derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición, cuando proceda, ante el órgano que se determina en el Anexo I de la misma, teniendo en cuenta lo previsto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre y en el Real Decreto 1727/2007, de 21 de diciembre.
Séptimo. Inscripción de los ficheros en el Registro General de Protección de Datos.
De conformidad con lo previsto en el artículo 55.1 del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, aprobado por el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, los ficheros relacionados en los Anexos de esta Orden serán notificados por la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, a la Agencia Española de Protección de Datos para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos, en el plazo de treinta días desde la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Octavo. Entrada en vigor.
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 6 de febrero de 2013
MARÍA JESÚS MONTERO CUADRADO | |
Consejera de Salud y Bienestar Social |
ANEXO I
Creación de ficheros
Fichero 1: Gestión de Personal.
a) Órgano responsable del fichero: Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía (en adelante, la Agencia).
b) Finalidad y usos previstos: Gestión de personal, nóminas, administración económica/contable, organización, evaluación, y cualquier labor relacionada con la dirección del personal de la Agencia y quienes con ésta colaboren así como la gestión de los riesgos laborales en el desarrollo de sus funciones.
c) Personas o colectivos afectados: Personal que presta sus servicios en la Agencia.
d) Procedimiento de recogida de datos y procedencia: Formularios, solicitudes, bases de datos, la propia persona interesada, entidad privada, Administración Pública.
e) Estructura básica del fichero y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo: NIF/DNI, Núm. SS/Mutualidad, Núm. Registro de personal, Nombre y apellidos, Sexo, Correo Electrónico, Dirección, Teléfono, Firma / Huella, Imagen, Tarjeta Sanitaria, Otro tipo de datos sobre características personales, circunstancias sociales, de empleo, información comercial, económicos financieros, infracciones penales, salud y afiliación sindical
f) Sistema de tratamiento: Parcialmente automatizado.
g) Cesiones de datos de carácter personal: Organismos de la Seguridad Social, Administración Tributaria, Otros órganos de la Administración Autonómica.
h) Transferencias internacionales previstas a terceros países: No.
i) Unidad o Servicio ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Dirección-Gerencia de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía. Avda. Hytasa, 10, 1.ª y 2.ª planta Edificio Tigesa. 41006 Sevilla.
j) Nivel exigible a las medidas de seguridad: Alto.
Fichero 2: Gestión Contable.
a) Órgano responsable del fichero: Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía.
b) Finalidad y usos previstos: Gestión de la contabilidad de empresas proveedoras, profesionales que colaboran con la Agencia y su personal, este último a los solos efectos de la liquidación de los gastos derivados de las indemnizaciones por razón de servicio, así como los trámites de las licitaciones y contrataciones realizadas en la misma.
c) Personas o colectivos afectados: Empresas proveedoras, entidades acreedoras, profesionales que colaboran con la Agencia y su personal.
d) Procedimiento de recogida de datos y procedencia: Solicitudes, la propia persona interesada, otras entidades.
e) Estructura básica del fichero y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo: NIF/DNI, Nombre y apellidos, Correo Electrónico, Dirección, Teléfono, Datos de estado civil, Fecha de nacimiento, Lugar de nacimiento, Edad, Sexo, Nacionalidad, Formación, Titulaciones, Historial de estudiante, Experiencia profesional, Pertenencia a colegios o Asociaciones Profesionales, Ingresos, Rentas, Créditos, Préstamos, Avales, Datos bancarios, Seguros, Embargos y los relativos a la comisión de infracciones administrativas.
f) Sistema de tratamiento: Parcialmente automatizado.
g) Cesiones de datos de carácter personal: La Agencia Estatal Tributaria, Cámara de Cuentas, otros órganos de la Administración Autonómica.
h) Transferencias internacionales previstas a terceros países: No.
i) Unidad o Servicio ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Dirección-Gerencia de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía. Avda. Hytasa, 10, 1.ª y 2.ª planta Edificio Tigesa. 41006 Sevilla.
j) Nivel exigible a las medidas de seguridad: Medio.
Fichero 3: Gestión de la Dependencia.
a) Órgano responsable del fichero: Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía.
b) Finalidad y usos previstos: Realizar la gestión del reconocimiento de la situación dependencia y de aprobación del Programa Individual de Atención, así como incidencias o posibles revisiones surgidas en la tramitación o una vez resueltos cada uno de los procedimientos.
c) Personas o colectivos afectados: Personas interesadas en recibir prestación por dependencia, representantes legales de las personas solicitantes y personas cuidadoras.
d) Procedimiento de recogida de datos y procedencia: Formularios y entrevistas, la propia persona interesada o su representante legal, Administraciones Públicas.
e) Estructura básica del fichero y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo: NIF/DNI, Nombre y apellidos, Dirección, Teléfono, Firma/Huella, Número de la Seguridad Social, Datos de estado civil, Datos de Familia, Fecha de nacimiento, Edad, Sexo, Nacionalidad, Datos relacionados con las circunstancias sociales, Formación, Titulaciones, Ingresos, Rentas, Datos bancarios, Planes de pensión, Jubilación, Datos económicos de nómina, Datos de deducciones impositivas/Impuestos, Salud (grado de discapacidad o invalidez, Patologías, Tratamientos, Salud Mental), Antecedentes penales, Historial en Servicios Sociales.
f) Sistema de tratamiento: Parcialmente automatizado.
g) Cesiones de datos de carácter personal: Consejería de Salud y Bienestar Social, Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
h) Transferencias internacionales previstas a terceros países: No.
i) Unidad o Servicio ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Dirección-Gerencia de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía. Avda. Hytasa, 10, 1.ª y 2.ª planta Edificio Tigesa. 41006 Sevilla.
j) Nivel exigible a las medidas de seguridad: Alta.
Fichero 4: Teleasistencia.
a) Órgano responsable del fichero: Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía.
b) Finalidad y usos previstos: Gestiones asociadas a la ejecución del Servicio Andaluz de Teleasistencia, Sistema de atención personalizada de respuesta inmediata ante situaciones de emergencia o inseguridad, soledad y aislamiento, basado en las nuevas tecnologías de la comunicación que permite a sus personas usuarias mantener el contacto verbal a través de la línea telefónica.
c) Personas o colectivos afectados: Personas que reclamen este servicio, así como sus representantes.
d) Procedimiento de recogida de datos y procedencia: Cumplimentación de formularios, la propia persona interesada o su representante legal, Administraciones Públicas.
e) Estructura básica del fichero y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo: NIF/DNI, Núm. de Seguridad Social/Mutualidad, Núm. de identificador de la vivienda, Nombre y apellidos, Dirección, Teléfono, Marcas Físicas, Firma/Huella, Imagen/Voz, Firma Electrónica, Tarjeta Sanitaria, Datos de estado civil, Datos de Familia, Fecha de nacimiento, Edad, Sexo, Nacionalidad, Lengua Materna, Aficiones y estilos de vida, Pertenencia a clubes/asociaciones, Creaciones artísticas, literarias, científicas o técnicas, Formación, Titulaciones. Experiencia Profesional, Datos bancarios.
f) Sistema de tratamiento: Parcialmente automatizado.
g) Cesiones de datos de carácter personal: Entidades médicas privadas, otros órganos de la Administración Autonómica, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, Judicatura y Tribunales, entidades colaboradoras.
h) Transferencias internacionales previstas a terceros países: No.
i) Unidad o Servicio ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Dirección-Gerencia de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía. Avda. Hytasa, 10, 1.ª y 2.ª planta Edificio Tigesa. 41006 Sevilla.
j) Nivel exigible a las medidas de seguridad: Alta.
Fichero 5: Agendas de Contacto.
a) Órgano responsable del fichero: Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía.
b) Finalidad y usos previstos: Gestión de las agendas y de los contactos tratadas en las diferentes Jefaturas de la organización.
c) Personas o colectivos afectados: Personas de contacto.
d) Procedimiento de recogida de datos y procedencia: Solicitudes, la propia persona interesada o su representante legal, fuentes accesibles al público, Administraciones Públicas.
e) Estructura básica del fichero y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo: Nombre, Apellidos, Dirección, Correo Electrónico, Teléfono, Ubicación y Jefatura.
f) Sistema de tratamiento: Parcialmente automatizado.
g) Cesiones de datos de carácter personal: No.
h) Transferencias internacionales previstas a terceros países: No.
i) Unidad o Servicio ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Dirección-Gerencia de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía. Avda. Hytasa, 10, 1.ª y 2.ª planta Edificio Tigesa. 41006 Sevilla.
j) Nivel exigible a las medidas de seguridad: Básico.
Fichero 6: Respiro Familiar y Estancia Diurna.
a) Órgano responsable del fichero: Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía.
b) Finalidad y usos previstos: Gestiones asociadas al acceso y al funcionamiento de los programas de estancia diurna y respiro familiar de las personas para estos programas en los centros de día o residencias.
c) Personas o colectivos afectados: Personas solicitantes de estos servicios y/o sus representantes legales y personas usuarias de estos servicios.
d) Procedimiento de recogida de datos y procedencia: Formularios, la propia persona interesada o su representante legal, Administraciones Públicas.
e) Estructura básica del fichero y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo: NIF/DNI, Nombre y apellidos, Dirección, Teléfono, Firma/Huella, Fecha de nacimiento, Edad, Sexo, Nacionalidad. Ingresos, Rentas, Salud.
f) Sistema de tratamiento: Parcialmente automatizado.
g) Cesiones de datos de carácter personal: Consejería de Salud y Bienestar Social.
h) Transferencias internacionales previstas a terceros países: No.
i) Unidad o Servicio ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Dirección-Gerencia de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía. Avda. Hytasa, 10, 1.ª y 2.ª planta Edificio Tigesa. 41006 Sevilla.
j) Nivel exigible a las medidas de seguridad: Alto.
Fichero 7: Actuaciones Formativas e Informativas.
a) Órgano responsable del fichero: Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía.
b) Finalidad y usos previstos: Gestión de todas las actividades formativas, internas y externas así como tramitar las solicitudes de información realizadas por la ciudadanía.
c) Personas o colectivos afectados: Plantilla, clientela y personas usuarias solicitantes.
d) Procedimiento de recogida de datos y procedencia: Formularios, solicitudes, llamadas, la propia persona interesada o su representante legal, entidades privadas.
e) Estructura básica del fichero y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo: NIF/DNI, Nombre y apellidos, Núm. de SS, Dirección, Teléfono, Firma, Fecha de nacimiento, Lugar de nacimiento, Edad, Sexo, Formación, Titulaciones, Historial del estudiante, Experiencia profesional, Categoría/Grado, Puestos de trabajo.
f) Sistema de tratamiento: Parcialmente automatizado.
g) Cesiones de datos de carácter personal: No.
h) Transferencias internacionales previstas a terceros países: No.
i) Unidad o Servicio ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Dirección-Gerencia de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía. Avda. Hytasa, 10, 1.ª y 2.ª planta Edificio Tigesa. 41006 Sevilla.
j) Nivel exigible a las medidas de seguridad: Básico.
Fichero 8: Actuación Social en Espacios Naturales de Andalucía.
a) Órgano responsable del fichero: Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía.
b) Finalidad y usos previstos: Gestión de datos de las personas solicitantes y/o beneficiarias del programa de Actuación Social en Espacios Naturales de Andalucía cuya finalidad es facilitar la incorporación social y laboral de las mismas.
c) Personas o colectivos afectados: Solicitantes.
d) Procedimiento de recogida de datos y procedencia: Formularios, solicitudes, la persona interesada o su representante legal, entidad pública.
e) Estructura básica del fichero y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo: DNI/NIE, Nombre y apellidos, Núm. de SS, Dirección, Teléfono, Firma/Huella, Datos de estado civil, Datos de familia, Fecha de nacimiento, Lugar de nacimiento, Edad, Sexo, Nacionalidad, Formación, Titulaciones, Experiencia profesional, Cuerpo/Escala. Categoría/Grado, Puestos de trabajo, Historial del trabajador/a, Salud, Etnia.
f) Sistema de tratamiento: Parcialmente automatizado.
g) Cesiones de datos de carácter personal: Consejería de Salud y Bienestar Social.
h) Transferencias internacionales previstas a terceros países: No.
i) Unidad o Servicio ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Dirección-Gerencia de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía. Avda. Hytasa, 10, 1.ª y 2.ª planta Edificio Tigesa. 41006 Sevilla.
j) Nivel exigible a las medidas de seguridad: Alto.
ANEXO II
«Supresión de Ficheros»
Se suprimen los ficheros: Registro de solicitudes para reconocimiento de grado y nivel de dependencia, programa Individual de Atención (PIA), Servicio Andaluz de Teleasistencia, Estancia diurna y Depende, que fueron creados mediante Orden de 25 de febrero de 2010, por la que se modifica la Orden de 17 de marzo de 2005, por la que se regulan los ficheros automatizados de datos de carácter personal gestionados por la Consejería de Igualdad y Bienestar Social, cuyos datos pasarán a tener el siguiente destino:
Fichero 57: Registro de solicitudes para reconocimiento de grado y nivel de dependencia.
Los datos pasarán a formar parte del fichero denominado Gestión de la Dependencia creado mediante la presente Orden.
Fichero 58: Programa Individual de Atención (PIA).
Los datos pasarán a formar parte del fichero denominado Gestión de la Dependencia creado mediante la presente Orden.
Fichero 59: Servicio Andaluz de Teleasistencia.
Los datos pasarán a formar parte del fichero denominado Teleasistencia creado mediante la presente Orden.
Fichero 60: Estancia Diurna.
Los datos pasarán a formar parte del fichero denominado Respiro Familiar y Estancia Diurna, creado mediante la presente Orden.
Fichero 61: Depende.
Los datos pasarán a formar parte del fichero denominado Gestión de la Dependencia creado mediante la presente Orden.
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