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Don Edward Blake Byrne ha manifestado su voluntad de donar a la Comunidad Autónoma de Andalucía una obra realizada por los hermanos MP & MP Rosado de la que es propietario, y que se relaciona en el Anexo, para su adscripción al Centro Andaluz de Arte Contemporáneo.
El bien que se dona a la Comunidad Autónoma de Andalucía para su destino en el Centro Andaluz de Arte Contemporáneo resulta de gran interés para la colección estable de este Museo.
Los hermanos MP & MP, Miguel Pablo y Manuel Pedro Rosado (San Fernando, Cádiz, 1971) se han convertido en una de las realidades más brillantes del arte andaluz actual. En su trayectoria artística el conflicto por hallar la identidad personal y presentar las dualidades de lo humano es una de sus constantes.
La Dirección del Centro Andaluz de Arte Contemporáneo informa sobre el interés del bien ofrecido en donación y propone su aceptación. La Comisión Técnica del Centro Andaluz de Arte Contemporáneo en su reunión del 5 de octubre de 2012 ha informado favorablemente el ingreso de la mencionada obra en la colección del Centro.
La Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, en su art. 87.1 faculta a la Consejería competente en materia de patrimonio histórico para aceptar donaciones y legados de bienes muebles integrantes del Patrimonio Histórico Andaluz. Dicha aceptación queda exceptuada del requisito de previa aceptación por Decreto del Consejo de Gobierno, previsto en el art. 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Los efectos del artículo 87.1 deben considerarse extendidos a todos los bienes integrantes del Patrimonio Histórico de nuestra Comunidad Autónoma, y no exclusivamente a los declarados de interés cultural, o inscritos en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz.
El artículo 3.6 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por el Decreto 4/1993, de 26 de enero, atribuye a la persona titular de la Consejería de Cultura y Deporte la competencia para aceptar esta donación.
Por lo expuesto, y a propuesta del Centro Andaluz de Arte Contemporáneo,
RESUELVO
Primero. Aceptar la donación del bien mueble que se relaciona en el Anexo, dispuesta por don Edward Blake Byrne a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Segundo. Adscribir el citado bien al Centro Andaluz de Arte Contemporáneo, que pasará a formar parte de los fondos artísticos que comprenden su colección estable. Su director levantará acta de recepción definitiva por donación, en la que se mencionará la presente Orden de aceptación.
Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dicta, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo con sede en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, conforme a lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 10 de enero de 2013
LUCIANO ALONSO ALONSO | |
Consejero de Cultura y Deporte |
Anexo
Autor | Título | Año | Técnica | Medidas |
MP & MP Rosado | La intimidad | 2002 | Instalación en terracota, pigmento y cera |
3 piezas de 170 x 60 x 40 cm, 21 x 35 x 38 cm y 18 x 28 x 26 cm |