Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 37 de 21/02/2013

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Consejería de Salud y Bienestar Social

Notificación de 14 de febrero de 2013, de la Delegación Territorial de Salud y Bienestar Social en Sevilla, de resolución por la que se acuerda la ratificación del desamparo, con acogimiento familiar permanente, recaída en los expedientes de protección de menores que se citan.

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Núm. Expte. (DPSE)352-2005-1005/1007-1 y (DPSE) 352-2008-5701-1.

Nombre y apellidos: Don Alfonso Triguero Garrido.

Contenido del acto: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y habida cuenta que han resultado infructuosos los intentos de notificación practicados a don Alfonso Triguero Garrido, se publica extracto del acto dictado, por considerarse que la notificación íntegra por medio de anuncios lesionaría los derechos inherentes al menor afectado.

Para conocimiento del contenido íntegro de este acto, don Alfonso Triguero Garrido podrá comparecer en la Delegación Territorial de Salud y Bienestar Social en Sevilla, sito en C/ Luis Montoto, núm. 89.

La Comisión Provincial de Medidas de Protección de Sevilla de la Consejería de Salud y Bienestar Social, de conformidad con lo dispuesto en el art. 53 del Decreto 42/2002, de 12 de febrero, del régimen de desamparo, tutela y guarda administrativa (BOJA núm. 20, de 16 de febrero de 2002), ha acordado la ratificación del desamparo con acogimiento familiar permanente de los menores A.A.L.T.R.

Lo que se notifica a los efectos legales oportunos, haciéndose saber que contra dicha resolución podrá formularse oposición en un plazo de dos meses ante el Juzgado de Primera Instancia de esta capital por los trámites de los artículos 779 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, sin que sea necesario formular reclamación administrativa previa.

Lo que se notifica a los efectos legales oportunos, haciéndose saber que contra este acto no cabe recurso alguno, pudiendo alegarse la oposición al mismo por los interesados, para su consideración en la resolución que ponga fin al procedimiento, conforme a lo previsto en el artículo 107.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Sevilla, 14 de febrero de 2013.- La Delegada, Francisca Díaz Alcaide.

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