Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 46 de 07/03/2013

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo y Comercio

Orden de 5 de febrero de 2013, por la que se incorporan los términos municipales de Cástaras, Salobreña, Marchal, Frailes y Chiclana de la Frontera a la Estrategia de Turismo Sostenible Villas Termales de Andalucía.

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HECHOS

1.º Con fecha 10 de julio de 2008, mediante Orden de la entonces Consejería de Turismo, Comercio y Deporte se resolvió el procedimiento de selección de las iniciativas presentadas al amparo de la Orden de 9 de noviembre de 2006, por la que se articula la Estrategia de Turismo Sostenible de Andalucía y se instrumentan medidas para su desarrollo.

Entre los Programas de Turismo Sostenible seleccionados se encuentra la Iniciativa de Turismo Sostenible Villas Termales de Andalucía, cuyo Promotor Turístico es la Asociación Termalismo de Andalucía, y cuyo ámbito de intervención es el siguiente: Alhama de Granada, Atarfe, Cortes y Graena, La Mala, Lanjarón, Pinos Puente, Santa Fe, Villanueva de las Torres, Zújar, Canena, Marmolejo, Carratraca, Tolox, Alhama de Almería y Paterna de Rivera.

2.º Con fecha 28 de marzo de 2012, en el seno de la Junta Directiva de la Asociación Termalismo de Andalucía, se adoptó el siguiente acuerdo: admitir como miembros de la citada Asociación a los Ayuntamientos de Cástaras, Salobreña, Marchal, Frailes y Chiclana de la Frontera.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Conforme lo dispuesto en el Decreto 153/2012, de 5 de junio, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Turismo y Comercio, así como en el artículo 12.5 de la Orden de 9 noviembre 2006, de la extinta Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, por la cual se articula la Estrategia de Turismo Sostenible de Andalucía y se instrumentan medidas para su desarrollo, corresponde al Titular de la Consejería de Turismo y Comercio dictar Orden en la que se determinen las entidades que actuarán como Promotores de Turismo Sostenible de la Iniciativa de Turismo Sostenible, asignando su ámbito de intervención para la ejecución del Programa, siendo notificada a las entidades interesadas.

Segundo. Conforme lo dispuesto en el artículo 5.4 de la mencionada Orden, «Los Promotores de Turismo Sostenible ya seleccionados podrán proponer a la Consejería competente en materia de Turismo la incorporación de aquellas entidades que así lo soliciten, sin más restricciones que las establecidas en la presente Orden. Las sucesivas incorporaciones de dichas entidades darán lugar a las oportunas modificaciones en los Convenios que al efecto se suscriban en los términos del artículo 13».

En consecuencia, vistos los hechos y fundamentos de derecho aplicables, y de conformidad con el resto de normativa de general aplicación,

RESUELVE

Único. Incorporar los términos municipales de los Ayuntamientos de Cástaras, Salobreña, Marchal, Frailes y Chiclana de la Frontera al ámbito territorial de actuación de la Estrategia de Turismo Sostenible Villas Termales de Andalucía, al haber sido aprobada esta incorporación por la Asociación Termalismo de Andalucía y no contravenir la misma lo dispuesto en la Orden de 9 de noviembre 2006, de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, por la que se articula la Estrategia de Turismo Sostenible de Andalucía y se instrumentan medidas para su desarrollo.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Consejero de Turismo y Comercio, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 5 de febrero de 2013

RAFAEL RODRÍGUEZ BERMÚDEZ
Consejero de Turismo y Comercio
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