Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 48 de 11/03/2013

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 26 de febrero de 2013, del Juzgado de lo Social núm. Cuatro de Sevilla, dimanante de procedimiento 689/2011.

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Procedimiento: Social Ordinario 689/2011. Negociado: 4.

NIG: 4109144S20110008287.

De: Don Enrique Amores Zurita.

Contra: Don Abel Rodríguez Jiménez, don José Joaquín Rodríguez Mato, doña María Esther Sánchez Reyes, INSS y TGSS, Abel RJ Montadores, S.C. y Abel Montadores, S.L.

EDICTO

Don Alonso Sevillano Zamudio, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social núm. Cuatro de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 689/2011 a instancia de la parte actora don Enrique Amores Zurita contra Abel Rodríguez Jiménez, José Joaquín Rodríguez Mato, María Esther Sánchez Reyes, INSS y TGSS, Abel RJ Montadores, S.C., y Abel Montadores, S.L., sobre Social Ordinario se ha dictado Resolución de fecha 4.12.12 del tenor literal siguiente:

Procedimiento: Recargo Prestaciones 689/2.011.

SENTENCIA NÚMERO 622/2012

En Sevilla, a cuatro de diciembre de dos mil doce.

Vistos por mí doña Nieves Rico Márquez, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social número Cuatro de esta capital, en juicio oral y público, los presentes autos sobre Cantidad (Recargo de Prestaciones), seguidos en este Juzgado bajo el número 689/2.011, promovidos por FCC Construcción, S.A., asistido por el Letrado don Carlos García Quilez Gómez, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, asistidos por el Letrado don José María Pérez Rodríguez, contra don José Joaquín Rodríguez Mato, asistido por sí mismo, don Abel Rodríguez Jiménez, doña María Esther Sánchez Reyes, Abel RJ Montadores, S.C., y Abel Montadores, S.L., asistidos por el letrado don José Antonio Carrera Mateo.

FALLO

Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por FCC Construcción, S.A., contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Tesorería General de la Seguridad Social, don José Joaquín Rodríguez Mato, don Abel Rodríguez Jiménez, doña María Esther Sánchez Reyes, Abel RJ Montadores, S.C., y Abel Montadores, S.L., en cuya virtud, debo absolver y absuelvo a los demandados de las pretensiones deducidas de contrario.

Adviértase a las partes que contra la presente resolución cabe recurso de suplicación para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, a anunciar ante este Juzgado, bastando para ello manifestación de la parte, de su abogado o representante en el momento de hacerle la notificación o ulteriormente en el plazo de cinco días hábiles, a contar desde el siguiente al de dicha notificación, por comparecencia o por escrito. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado José Joaquín Rodríguez Mato actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOJA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla, a veintiséis de febrero de dos mil trece.- El/La Secretario/a Judicial.

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