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SUBASTA NOTARIAL
María de la Cruz García Arroyo, Notario de Guadalajara, del Ilustre Colegio de Castilla-La Mancha, hago saber:
Que en mi Notaría, sita en Guadalajara, calle Cronista Manuel Serrano, núm. 2, local, se tramita venta extra judicial, conforme al art. 129 de la Ley Hipotecaria, número de expediente provisional 2/2012, de las siguientes fincas hipotecadas:
1. Urbana. En Cabanillas del Campo (Guadalajara), en la calle de Ambrosio Pérez, señalada con el número uno. Se compone de vivienda, cuadra, tinado y corral. Tiene una superficie de doscientos setenta y ocho metros y noventa y seis decímetros cuadrados, de ellos edificados ciento veinticuatro metros y dieciocho decímetros cuadrados, y el resto, o sea ciento cincuenta y cuatro metros y setenta y ocho decímetros cuadrados, destinados a corral. Inscripción. Registro de la Propiedad número Tres de Guadalajara, al tomo 1.412, libro 67 de Cabanillas del Campo, folio 112, finca número 484.
2. Urbana. Tierra de olivar al sitio de Secafuentes, en Tórtola de Henares (Guadalajara), de caber cincuenta y cinco áreas y veinte centiáreas, que linda: Norte, la de herederos de Eustaquio Ruiz; Sur y Oeste, el Instituto Nacional de Colonización; y al Este la de Francisco Cuadrado. Es la parcela 53, Polígono 1. La citada parcela es hoy urbanizable y tiene una superficie según catastro de cuatro mil ochocientos cuarenta y ocho metros cuadrados, parcela 5010, Polígono 12. Inscripción. Registro de la Propiedad de número Dos de Guadalajara, al tomo 2.089, libro 40, folio 118, finca número 4.190.
3. Urbana. Terreno en término de Tórtola de Henares, en el Sector urbanizable 3,5014 con superficie de ocho mil ciento setenta y siete metros cuadrados, que linda: Norte, parcela 37 de Ángel Ramírez; Sur, parcela 44 de Emilio Zamora Ruiz; Este, parcela 36 de Felicidad Mojón; y Oeste, parcela 38 de Felicidad Mojón. Inscripción.Registro de la Propiedad de Guadalajara número Dos, al tomo 2.062, libro 39, folio 79, finca número 4.078.
4. Finca urbana. Parcela 5.000 del polígono 12 en término de Tórtola de Henares (Guadalajara), sector urbanizable 3. Tiene una superficie de ochocientos setenta y dos metros cuadrados. Linda: Norte, parcela 5.029; Sur, carretera de Taracena a Francia, y parcela 10.003; Este, la citada carretera; y Oeste, parcela 5.001. Inscripción. Registro de la Propiedad número Dos de Guadalajara, al tomo 2.062, libro 39, folio 101, finca número 4.086.
5. Urbana. De un «Conjunto de Apartamentos Turísticos» denominada Costa Rey, en el Pago de Puerto Rey, término de Vera. Número ciento sesenta y tres-ciento ochenta y dos. Apartamento señalado con el número B-09, sito en el Nivel 1, Módulo 3A, del Edificio A, Fase 3, a la que se accede a través de las zonas comunes del complejo. Tiene una superficie construida de cuarenta y un metros y veintitrés decímetros cuadrados, e incluida la parte proporcional de los elementos comunes de cuarenta y nueve metros y cuarenta y ocho decímetros cuadrados. Se distribuye en varias dependencias y servicios y tiene además, una terraza de veintiún metros cincuenta y dos decímetros cuadrados. Linda según se entra a la misma: frente, pasillo común y apartamento señalado con el número B-10; derecha entrando, apartamento señalado con el número B-08; izquierda, apartamento señalado con el número B-10; y fondo, zona común. Cuota. 0,12 por ciento. Inscripción. Registro de la Propiedad de Vera, al tomo 1.362, folio 171, libro 351, finca número 32.744.
6. Urbana. De un «Conjunto de Apartamentos Turísticos» denominado Costa Rey, en el Pago de Puerto Rey, término de Vera. Número ciento sesenta y tres doscientos dieciocho. Apartamento señalado con el número 2-13, sito en el Nivel 3, Módulo 3A, del edificio A, Fase 3, a la que se accede a través de las zonas comunes del complejo; tiene una superficie construida de cincuenta y ocho metros y cincuenta y un decímetros cuadrados, e incluida la parte proporcional de los elementos comunes de setenta metros y veintidós decímetros cuadrados.Se distribuye en varias dependencias y servicios, y tiene además, una terraza de trece metros y cuarenta y tres decímetros cuadrados. Linda según se entra a la misma: frente, pasillo común; derecha entrando, zona común; izquierda, apartamento señalado con el número 2-14; y fondo, en vuelo, terraza del apartamento señalado con el número 1-13. Cuota. 0,13 por ciento. Inscripción. Registro de la Propiedad de Vera, al tomo 1.362, folio 207, libro 351, finca número 32.780.
7. Urbana. De un «Conjunto de Apartamentos Turísticos» denominado Costa Rey, en el Pago de Puerto Rey, término de Vera. Número ciento sesenta y tres doscientos veinte. Apartamento señalado con el número 2-15, sito en el Nivel 3, Módulo 3A, del Edificio A, Fase 3, a la que se accede a través de las zonas comunes del complejo; tiene una superficie construida de cincuenta y siete metros y cincuenta y nueve decímetros cuadrados, e incluida la parte proporcional de los elementos comunes de sesenta y nueve metros y doce decímetros cuadrados. Se distribuye en varias dependencias y servicios; tiene además, una terraza de doce metros ochenta y ocho decímetros cuadrados. Linda, según se entra a la misma: frente, pasillo común; derecha entrando, apartamento señalado con el número 2-14; izquierda, apartamento señalado con el número 2-16 y patio de luces; y fondo, en vuelo, terraza del apartamento señalado con el número 1-15. Cuota. 0,13 por ciento. Inscripción. Registro de la Propiedad de Vera, al folio 209, libro 351, tomo 1.362, finca número 32.782.
Procediendo la subasta de las fincas descritas se hace saber sus condiciones:
Que la subasta tendrá lugar en el local de mi Notaría.
La 1.ª subasta el día 18 de abril de 2013, a las 10,00 horas, siendo el tipo base para la finca registral 484 del Registro de la Propiedad núm. Tres de Guadalajara el de seiscientos treinta y tres mil quinientos sesenta euros con treinta céntimos (633.560,30 €), para la finca registral 4.190 del Registro de la Propiedad número Dos de Guadalajara el de doscientos cuarenta y un mil quinientos treinta euros con cincuenta y un céntimos (241.530,51 ), para la finca registral 4.078 del Registro de la Propiedad número dos de Guadalajara el de cuatrocientos siete mil trescientos ochenta y tres euros con cuarenta y seis céntimos (407.383,46 ), para la finca registral 4.086 del Registro de la Propiedad número Dos de Guadalajara el de cuarenta y tres mil cuatrocientos cuarenta y tres euros con sesenta y un céntimos (43.443,61 ), para la finca registral 32.744 del Registro de la Propiedad de Vera el de noventa y tres mil seiscientos noventa y nueve euros con noventa y tres céntimos (93.699,93 ), para la finca registral 32.780 del Registro de la Propiedad de Vera el de ciento catorce mil treinta y ocho euros con diecinueve céntimos (114.038,19 ) y para la finca registral 32.782 del Registro de la Propiedad de Vera el de ciento sesenta y ocho mil setecientos sesenta y cinco euros con noventa y dos céntimos (168.765,92 ) ; de no haber postor o si resultare fallida, la 2.ª subasta, el día 20 de mayo de 2013, a las 10.00 horas, cuyo tipo será el 75% de la primera; en los mismos casos, la 3.ª subasta el día 20 de junio de 2013, a las 10,00 horas sin sujeción a tipo, sin perjuicio de los límites establecidos en la Ley de Enjuiciamiento Civil; y si hubiere pluralidad de mejoras en la tercera subasta, la licitación entre mejorantes y mejor postor el día 27 de junio de 2013 a las 10,00 horas.
La documentación y certificación del Registro a que se refieren los artículos 236.a) y 236.b) del Reglamento Hipotecario puede consultarse en la Notaría de lunes a viernes de 9 a 13 horas. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación aportada. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecute continuarán subsistentes. Los licitadores deberán consignar, previamente a la subasta, en la Notaría una cantidad equivalente al 30 por 100 del tipo que corresponda en la 1.ª y 2.ª subastas, y en la 3.ª un 20 por 100 del tipo de la segunda, mediante cheque bancario a nombre de la Notario. Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo, hasta el momento de la subasta. Sólo la adjudicación a favor del acreedor requirente o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.
Guadalajara, 25 de febrero de 2013.- La Notario, María de la Cruz García Arroyo.
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