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De acuerdo con la Resolución de 29 de noviembre de 2011 se le concedía el plazo de tres meses, desde la finalización del plazo concedido para la realización de la actividad subvencionada, para justificar, sin que a la fecha se haya aportado la documentación pedida a la siguiente interesada:
Expte. 541-2011-00000221-2 Asoc. de Vecinos Palma Palmilla Málaga
de integración Social y Laboral
Por tanto, se le requiere para que en el plazo de 20 días aporte la documentación justificativa de la subvención.
Asimismo, se le advierte que, transcurrido el plazo concedido sin atender este requerimiento, se entenderá incumplida la obligación de justificar los gastos, con las consecuencias previstas en el Texto Refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, en la Ley General Presupuestaria y en los artículos 35 y 36 de la presente Orden.
Málaga, 1 de marzo de 2013.- El Delegado, Daniel Pérez Morales.
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