Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 57 de 22/03/2013

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia e Interior

Resolución de 18 de febrero de 2013, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones de Andalucía la Fundación Andaluza para la Investigación y Gestión del Conocimiento en Otorrinolaringología.

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Visto el expediente por el que se solicita la inscripción de procedimiento de constitución en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la Fundación Andaluza para la Investigación y Gestión del Conocimiento en Otorrinolaringología, sobre la base de los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Constitución de la Fundación.

La Fundación Andaluza para la Investigación y Gestión del Conocimiento en Otorrinolaringología fue constituida, según consta en la documentación aportada, por escritura pública otorgada el 17 de enero de 2012, ante el Notario Manuel García del Olmo y Santos, del Ilustre Colegio de Andalucía, registrada con el número 115 de su protocolo, complementada por otra ante el mismo Notario en fecha 15 de enero de 2013 y registrada bajo el número 73 de su protocolo.

Segundo. Fines.

Los fines de la Fundación de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6 de sus Estatutos, son los siguientes:

1. La Fundación carece de todo fin lucrativo y tendrá como finalidad más importante la de fomentar y desarrollar la investigación científica y el aprendizaje en la especialidad médica de Otorrinolaringología y sus ciencias básicas relacionadas y otras ciencias y especialidades afines que entran dentro del marco de la denominada Especialidad Médica de Otorrinolaringología y los campos de su denominación internacional de Otorrinolaringología y Patología Cérvico-Facial y Otorrinolaringología y Cirugía de Cabeza y Cuello, así como facilitar y promocionar la labor de los profesionales que la ejercen.

2. El aprendizaje en Otorrinolaringología se enmarca en el actual concepto de Gestión del conocimiento (del inglés Knowledge Management) identificado como la transferencia del Conocimiento y la experiencia de la comunidad científica otorrinolaringológica, de modo que pueda ser utilizado como un recurso disponible para los beneficiarios de la Fundación y que este conocimiento repercuta en beneficio para la sociedad.

3. La Fundación difundirá su objeto y actividades, así como los proyectos que en cumplimiento de ellos elabore y proponga, par que sean conocidos por sus eventuales beneficiarios, utilizando para este fin cualquier medio de comunicación científico y social.

4. Son fines expresos y fundamentales de la Fundación:

a) Fomentar el progreso y la adquisición de nuevos conocimientos científicos y en el tratamiento de las enfermedades y procesos que entran dentro del marco de la especialidad médica de Otorrinolaringología y los campos de su denominación internacional.

b) Difundir los conocimientos médicos y quirúrgicos de mayor solidez científica en el campo de la otorrinolaringología, la Patología Cérvico-Facial y la Cirugía de Cabeza y Cuello.

c) Impulsar el estudio de los factores sanitarios y económico-sociales que influyen en el bienestar de los enfermos afectados de procesos patológicos que estén en el ámbito de la especialidad, con objeto de mejorar su situación física y psíquica, así como la prolongación de su vida con la máxima calidad.

d) Colocar en el desarrollo y estructuración de la Otorrinolaringología y de la asistencia sanitaria otorrinolaringológica en el ámbito de las Ciencias de la Salud.

e) Contribuir a la formación de médicos, de médicos especialistas en Otorrinolaringología y de profesionales de la salud vinculados a la Otorrinolaringología a través de la elaboración y desarrollo de los programas y actividades formativas necesarias para llevarla a cabo con garantías.

Tercero. Domicilio y ámbito de actuación.

El domicilio de la Fundación ha quedado establecido en el Real e Ilustre Colegio Oficial de Médicos de Sevilla. Situado en la Avenida de la Borbolla, número 47, de la ciudad de Sevilla, y el ámbito de actuación, conforme dispone la norma estatutaria, se extiende principalmente al territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Cuarto. Dotación.

La dotación inicial está constituida por una valoración no dineraria de 120.000 euros, consistente en determinados bienes muebles de tipo médico quirúrgico.

Quinto. Patronato.

El Patronato de la Fundación, cuya composición se regula en el artículo 12 de los estatutos, queda identificado en la escritura de constitución, constando la aceptación expresa de los cargos de patronos.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Resultan de aplicación para la resolución del procedimiento: el artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general; el artículo 79.2 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía; la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía; el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre; y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Segundo. La Fundación ha sido constituida por personas legitimadas para ello, dándose cumplimiento a lo establecido en la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Tercero. La Entidad que ha solicitado su inscripción registral responde a la definición de fundación del artículo 1 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, estando sus fines comprendidos dentro de la enumeración del artículo 3 de dicho texto legal.

Cuarto. La documentación aportada reúne los requisitos exigidos por los artículos 9, 11 y 12 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo.

Quinto. El procedimiento de inscripción ha sido tramitado de acuerdo con lo previsto en el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía y en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Esta Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, a quien corresponde el ejercicio del Protectorado Unico sobre las Fundaciones Andaluzas, previsto en la Disposición Adicional Primera del Decreto 32/2008, de 5 de febrero, y las funciones del Registro de Fundaciones de Andalucía, creado mediante el decreto 279/2003, de 7 de octubre, todo ello de acuerdo con el artículo 8.2 c) del Decreto 148/2012, de 5 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia e Interior, vistos los preceptos legales citados y demás de pertinente aplicación

RESUELVE

Primero. Clasificar a la Fundación Andaluza para la Investigación y Gestión del Conocimiento en Otorrinolaringología, atendiendo a sus fines, como entidad «Científica», ordenando su inscripción en la Sección Primera, Fundaciones docentes, científicas, de investigación y de desarrollo tecnológico del Registro de Fundaciones de Andalucía, con el número SE- 1358.

Segundo. Inscribir en el Registro de Fundaciones de Andalucía el nombramiento de los miembros del Patronato a que hace referencia el antecedente de hecho quinto de la presente Resolución, así como la aceptación de los cargos.

Tercero. Ordenar la notificación de la presente Resolución a los interesados, su comunicación a la Administración del Estado y la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.5 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía y en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre de la Administración de la Junta de Andalucía, cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su notificación, ante la Consejería de Justicia e Interior.

Sevilla, 18 de febrero de 2013.- La Directora General, Carmen Belinchón Sánchez.

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