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Mediante Resolución de la Viceconsejería de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, de 2 de marzo de 2011, publicada en el BOJA número 52, de 15 de marzo, fue convocado concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes en el ámbito de dicha Consejería en la provincia de Sevilla.
De conformidad con lo dispuesto en la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, en el Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, y una vez finalizados los trabajos de valoración conforme a las bases de la convocatoria, la Comisión de Valoración han formulado propuesta de resolución con la valoración final de las personas adjudicatarias y los puestos que han resultado desiertos.
En su virtud, esta Viceconsejería, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 25.1 de la Ley 6/85, de 28 de noviembre, y en el Decreto 3/2012, de 5 de mayo, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, y en ejercicio de la competencia delegada por el artículo 4.1.b) de la Orden de 26 de octubre de 2009 (BOJA núm. 22, de 13 de noviembre),
HA RESUELTO
Primero. La adjudicación de los puestos de trabajo convocados.
1. Aprobar la propuesta de resolución del concurso efectuada por la Comisión de Valoración, adjudicando con carácter definitivo los puestos de trabajo que se relacionan en el Anexo I de la presente Resolución al personal funcionario de carrera que en el mismo se especifica. Asimismo, en el Anexo II se relacionan los puestos que han resultado desiertos.
2. Los destinos adjudicados son irrenunciables salvo que se hubiese obtenido otro destino mediante convocatoria pública, en cuyo caso serán los interesados los que, antes del día fijado para el cese, habrán de optar por uno de los dos puestos, viniendo obligados a comunicar por escrito la opción ejercida a esta Consejería y a la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública de la Consejería de Hacienda y Administración Pública en el plazo de tres días hábiles desde la publicación de esta Resolución.
3. Aprobar la propuesta de la Comisión de Valoración sobre resolución de las alegaciones presentadas contra la lista provisional de adjudicatarios, en los términos que constan en el acta de la sesión correspondiente.
4. Las listas definitivas de personas admitidas que no resultan adjudicatarias, así como de las que han resultado excluidas con indicación de las causas de exclusión, estarán expuestas en los tablones de anuncios de esta Consejería, así como en los tablones de anuncios de las Delegaciones del Gobierno.
Igualmente se podrán consultar los listados en la web del Empleado Público (http://www.juntadeandalucia.es/haciendayadministracionpublica/empleadopublico).
Segundo. Plazos de cese y toma de posesión.
1. El cese del personal funcionario de carrera en su anterior destino se efectuará en todo caso con fecha 4 de abril de 2013
2. La toma de posesión deberá formalizarse con efectos administrativos del día siguiente al del cese en el destino anterior, salvo que comporte reingreso al servicio activo, en cuyo caso se formalizará en el plazo de un mes contado a partir del día del cese.
3. El plazo de incorporación efectiva al nuevo puesto de trabajo se efectuará en los tres días hábiles siguientes al del cese si no implica cambio de residencia del funcionario, o en el plazo de un mes si comporta cambio de residencia, con la obligación, en este último caso, de acreditar de forma fehaciente dicho cambio. Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, la incorporación efectiva al nuevo puesto de trabajo se producirá en la misma fecha en la que se toma posesión en el mismo.
4. De conformidad con el artículo 51.4 del mencionado Decreto, el cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias que hayan sido concedidos a los interesados, a excepción de los supuestos de permiso por parto o maternidad, paternidad y adopción o acogimiento, a los que se aplicará lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
Tercero. Recursos.
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso-administrativo, de acuerdo con lo previsto en los artículos 8.2.a), 14.1 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, ante este mismo órgano, de conformidad con el artículo 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, en relación con los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 19 de marzo de 2013.- El Viceconsejero, Antonio J. Roldán Muñoz.
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