Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 74 de 18/04/2013

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 1 de abril de 2013, del Juzgado de lo Social núm. Cuatro de Sevilla, dimanante de procedimiento núm. 500/2012.

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Procedimiento: Social Ordinario 500/2012. Negociado: 4.

NIG: 4109144S20120005520.

De: Don Eduardo Mañas Sánchez.

Contra: Fogasa y Construcciones y Promociones Reju 2000, S.L.

EDICTO

Don Alonso Sevillano Zamudio, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social núm. Cuatro de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 500/2012 a instancia de la parte actora don Eduardo Mañas Sánchez contra Fogasa y Construcciones y Promociones Reju 2000, S.L., sobre Social Ordinario se ha dictado Resolución de fecha 27.3.13 del tenor literal siguiente:

Procedimiento: Cantidad 500/2012.

SENTENCIA NÚMERO 180/2013.

En Sevilla, a veintisiete de marzo de dos mil trece.

Vistos por mí doña Nieves Rico Márquez, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social núm. Cuatro de esta capital, en juicio oral y público, los presentes autos sobre Cantidad, seguidos en este Juzgado bajo el número 500/2012, promovidos por don Eduardo Mañas Sánchez, asistido por el Letrado don Aurelio Onieva Nieto, contra Construcciones y Promociones Reju 2000, S.L., y Fogasa, que no comparecieron pese a haber sido citados en legal forma.

FALLO

Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por don Eduardo Mañas Sánchez contra Construcciones y Promociones Reju 2000, S.L., y Fogasa, en cuya virtud:

I. Debo condenar y condeno a la empresa a abonar al actor la cantidad de mil quinientos sesenta y siete euros con ocho céntimos (1.567,08 euros).

II. No procede la imposición del interés por mora.

III. No ha lugar a pronunciamiento, por ahora, respecto del Fogasa.

Notífíquese esta resolución a las partes, con entrega de copia testimoniada, advirtiéndoles que contra la misma no cabe recurso de suplicación.

Así, por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en única instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado Construcciones y Promociones Reju 2000, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOJA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla, a uno de abril de dos mil trece.- El/La Secretario/a Judicial.

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