Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 78 de 23/04/2013

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 10 de abril de 2013, del Juzgado de lo Social núm. Cuatro de Sevilla, dimanante de autos núm. 528/2012.

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NIG: 4109144S20120005822.

Procedimiento: Social Ordinario 528/2012 Negociado: 4.

De: Don José Luis Martel Pérez.

Contra: SAS, Mutua Fremap, Tesorería Territorial de la Seguridad Social, Instituto Nacional de la Seguridad Social e Ingeniería Geotécnica y Control de Calidad, S.L.

Edicto

Don Alonso Sevillano Zamudio, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social núm. Cuatro de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 528/2012 a instancia de la parte actora don José Luis Martel Pérez contra SAS, Mutua Fremap, Tesorería Territorial de la Seguridad Social, Instituto Nacional de la Seguridad Social e Ingeniería Geotécnica y Control de Calidad, S.L., sobre Social Ordinario se ha dictado Resolución de fecha 9.4.13 del tenor literal siguiente:

Procedimiento: Incapacidad Temporal (Cantidad) 528/2012.

Sentencia NÚMERO 197/2013

En Sevilla, a nueve de abril de dos mil trece.

Vistos por mí doña Nieves Rico Márquez, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social núm. Cuatro de esta capital, en juicio oral y público, los presentes autos sobre I.T. (Cantidad), seguidos en este Juzgado bajo el número 528/2012, promovidos por don José Luis Martel Pérez, asistido por la Graduado Social doña Reyes González Guzmán, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, representados por el Letrado don Antonio V. Roche Acosta, contra Fremap, representado por el Letrado don José María Hormigo Muñoz y contra Ingeniería Geotécnica y Control de Calidad, S.L., y SAS que no comparecieron pese a haber sido citadas en legal forma.

FALLO

Que debo estimar y estimo la demanda presentada por don José Luis Martel Pérez contra Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, Mugenat Fremap, Servicio Andaluz de Salud e Industria Geotécnica y Control de Calidad, S.L., en cuya virtud:

I. Debo condenar y condeno a Industria Geotécnica y Control de Calidad, S.L., a abonar la cantidad de mil doscientos cincuenta y tres céntimos (1.251.53 euros), en concepto de prestación de I.T. con obligación de anticipo de la Mutua Fremap.

II. Debo absolver y absuelvo a INSS, TGSS y SAS por falta de legitimación pasiva.

Adviértase a las partes que contra la presente resolución caber Recurso de Suplicación para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, a anunciar ante este Juzgado, bastando para ello manifestación de la parte de su abogado o representante en el momento de hacerle la notificación o ulteriormente en el plazo de cinco días hábiles, a contar desde el siguiente al de dicha notificación, por comparecencia o por escrito.

De hacerse uso de este derecho por la parte condenada, deberá acreditar al anunciar el recurso, haber ingresado el importe de las prestaciones objeto de la condena, en la cuenta de Depósitos y Consignaciones Judiciales, de este Juzgado en el Banesto, oficina 4325, sita en C/ José Recuerda Rubio, 4 (Urbana Avda. Buhaira-Viapol) de esta capital, abierta con el núm. 4023000065, utilizando para ello el modelo oficial y citando en el mismo al núm. de autos y año del procedimiento; tal consignación podrá sustituirla por aval bancario en el que deberá constar la responsabilidad solidaria del avalista, quedando dicho documento en poder del Sr. Secretario de este Juzgado.

Igualmente y al formalizar el recurso, deberá haber efectuado el depósito de 150,25 € en la cuenta 4023000065 que tiene abierta este Juzgado en la misma entidad bancaria, haciéndose dicho depósito de la misma manera arriba indicada.

También se advierte al organismo demandado, que si recurre deberá acreditar mediante certificación que comienza el abono de la prestación y que lo proseguirá mientras dure la tramitación del recurso.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado Ingeniería Geotécnica y Control de Calidad, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOJA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo la que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla, a diez de abril de dos mil trece.- El/La Secretario Judicial.

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