Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 83 de 30/04/2013

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 19 de abril de 2013, del Juzgado de lo Social núm. Trece de Málaga, dimanante de procedimiento 67/2012.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00025907.

NIG: 2906744S20110005933.

Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 67/2012. Negociado: 4.

De: Don Juan Miguel Villena Palma.

Contra: Construcciones Cimocesa 2001, S.L.

EDICTO

Doña Clara López Calvo, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social núm. Trece de Málaga.

Hace saber: Que en la Ejecución número 67/2012 seguida en este Juzgado a instancia de don Juan Miguel Villena Palma contra Construcciones Cimocesa 2001, S.L., se ha dictado Decreto de fecha 19.4.2013, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo: a) Declarar al ejecutado Construcciones Cimocesa 2001, S.L., en situación de Insolvencia parcial por importe de 11.558,32 euros a favor de don Juan Miguel Villena Palma, insolvencia que se entenderá, a todos los efectos, como provisional. Remítase edicto para su publicación en el Bolentín Oficial correspondiente.

b) Hacer entrega de certificación a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial.

c) Archivar las actuaciones previa anotación en el Libro correspondiente, y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado.

Notifíquese la presente resolución.

Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 186 LPL. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en el núm. de cuenta de este Juzgado núm. 4976 debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código «31 Social- Revisión». Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación «recurso» seguida del «código 31 Social- Revisión». Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

Y para que sirva de notificación al demandado Construcciones Cimocesa 2001, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto o sentencia, o de Decreto cuando ponga fin al proceso o resuelva un incidente, o cuando se trate de emplazamiento. En Málaga, a diecinueve de abril de dos mil trece.- El/La Secretario/a Judicial.

Descargar PDF