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Se ha sustanciado ante el Juzgado de lo Contencioso número Dos de los de Sevilla el Procedimiento Abreviado número 716/2011, interpuesto por la Central Sindical Independiente y de Funcionarios contra la Orden de 14 de noviembre de 2011, de la Consejería de la Presidencia, por la que se revocan parcialmente las bases del concurso de méritos convocado por Orden de 2 de marzo de 2011, en el que se solicitó por el recurrente que se declarase la nulidad de la resolución recurrida.
Conforme a lo establecido en el 75 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, producido el allanamiento de la parte demandada, sin mas trámite se ha dictado Sentencia número 40/13, de fecha 1 de febrero de 2013, cuya parte dispositiva, de conformidad con la pretensión de la parte demandante, es del siguiente tenor literal:
«Fallo: Que debo estimar y estimo el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por Central Sindical Independiente y de Funcionarios contra la resolución reseñada en el antecedente primero, todo ello sin costas.
Notifíquese la presente resolución a las partes, previniéndoles que la misma es firme contra la que no cabe interponer recurso alguno.
Así por esta mi Sentencia de la que se llevará testimonio a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.»
Por lo tanto, firme la sentencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículo 118 de la Constitución y 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y 104 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y teniendo en cuenta lo previsto en el artículo 72.2 de la citada Ley 29/1998, he dispuesto, al objeto de su cumplimiento, su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 24 de abril de 2013
SUSANA DÍAZ PACHECO | |
Consejera de la Presidencia e Igualdad |