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Don José Manuel González Quintana, Secretario General del Consejo Andaluz de Colegios de Abogados.
CERTIFICA: Que la Comisión Permanente del Consejo Andaluz de Colegios de Abogados, en Sesión ordinaria celebrada el día 24 de enero de 2013, al Punto decimotercero del Orden del Día, adoptó por unanimidad el siguiente acuerdo:
«... el artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece que los ficheros de titularidad pública solo podrán ser creados mediante disposición general publicada en el Boletín Oficial correspondiente. Según criterio sentado por la Agencia Española de Protección de Datos, los ficheros de los Colegios Profesionales deben ser calificados como públicos o privados en atención a la finalidad para que fueron creados, de forma que si su finalidad se vincula al ejercicio de potestades administrativas, el fichero será de titularidad pública; y en caso contrario, el fichero será de titularidad privada.
En cumplimiento de lo preceptuado en dicho artículo, y ante los cambios informáticos mantenidos en la Sede del Consejo desde la última auditoría de protección de datos practicada, resulta necesario dar de alta en la Agencia Española de Protección de Datos dos nuevos Ficheros de Titularidad Pública del Consejo Andaluz de Colegios de Abogados, para lo que la Comisión Permanente del Consejo,
ACUERDA
Primero. Creación de Ficheros de Titularidad Pública.
La creación de los ficheros de datos de carácter personal de Titularidad Pública, descritos en el Anexo I...
Segundo. Medidas de Seguridad.
Los ficheros automatizados que por el presente Acuerdo se crean, cumplen las medidas de seguridad establecidas en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos Carácter Personal.
Tercero. Publicación e inscripción.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 20 de la LOPD, una vez aprobada la creación de los ficheros, se procederá a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, y su inscripción como Fichero de Titularidad Pública en el Registro de Protección de Datos de la Agencia.
Cuarto. Entrada en vigor.
El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.»
Y para que conste y surta efectos donde proceda se extiende la presente certificación en Antequera, a veintidós de febrero de dos mil trece, significando, de conformidad con el contenido del artículo 27.5 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que el Acta de la Sesión a que se ha hecho referencia fue aprobada por la Comisión Permanente del Consejo Andaluz de Colegios de Abogados en sesión celebrada el día 21 de febrero de 2013.
En Antequera, a 22 de febrero de 2013.- El Secretario General, José Manuel González Quintana.
ANEXO I
FICHEROS DE TITULARIDAD PÚBLICA DE NUEVA CREACIÓN
1. Consejeros:
Nombre del fichero: Consejeros.
Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: Consejo Andaluz de Colegios de Abogados.
Descripción del fichero: Fichero con datos personales de las personas que son o han sido nombrados miembros del Consejo Andaluz de Colegios de Abogados.
Estructura básica del fichero: Datos de carácter identificativos y profesionales (nombre y apellidos, dirección profesional, DNI, teléfono, fax, fecha de nacimiento, correo electrónico).
Finalidad y usos previstos: Gestión y control administrativo de los miembros del Consejo titular del fichero.
Personal o colectivo afectado: Letrados que pertenecen o han pertenecido al Consejo titular del fichero.
Procedencia de los datos: El propio interesado.
Procedimiento de recogida de datos: Nombramiento.
Cesiones de datos personales previstos: Consejo General de la Abogacía Española.
Medidas de seguridad: Nivel básico.
2. AJG.
Nombre del fichero: AJG.
Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: Consejo Andaluz de Colegios de Abogados.
Descripción del fichero: Fichero con datos de los procedimientos de Turno de Oficio y Asistencia Jurídica Gratuita asignados a cada Letrado en los distintos Colegios de Abogados de Andalucía.
Estructura básica del fichero: Datos identíficativos del procedimiento judicial o extrajudicial (número de asignación, expediente, asunto, órgano), datos identificativos del Letrado asignado al citado procedimiento (nombre, apellidos, NIF, número de Colegiado, datos identificativos del beneficiario (nombre, apellidos, sexo), datos económicos (módulo de compensación económica), datos identificativos del lugar de prestación del servicio (población, partido judicial, provincia).
Finalidad y usos previstos: Gestión administrativa y de la retribución de los Servicios de Turno de Oficio y Asistencia Jurídica Gratuita.
Personal o colectivo afectado: Letrados adscritos a los Servicios de Turno de Oficio y Asistencia Jurídica Gratuita en los diferentes Colegios de Abogados de Andalucía.
Procedencia de los datos: El propio interesado.
Procedimiento de recogida de datos: Colegios de Abogados de Andalucía.
Cesiones de datos personales previstos: Junta de Andalucía.
Medidas de seguridad: Nivel básico.
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