Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 92 de 14/05/2013

3. Otras disposiciones

Consejería de Salud y Bienestar Social

Resolución de 8 de mayo de 2013, de la Delegación Territorial de Salud y Bienestar Social en Sevilla, por la que se hace público el Acuerdo de la Sección que se cita, por el que se delega competencia para la autenticación y compulsa de documentos.

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El Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, prevé en el artículo 23 que la competencia para la autenticación de copias de documentos que se presenten para los ciudadanos en el Registro de Documentos corresponderá a las jefaturas de sección y órganos asimilados responsables de cada Registro General.

La Sección de Administración General de esta Delegación es la responsable del Registro General establecido en la misma.

Por razones técnicas se hace necesaria realizar la correspondiente delegación de competencias en esta materia, por lo que de conformidad con lo previsto en los artículos 13 y 60.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, esta Delegación

RESUELVE

Hacer público el Acuerdo de 6 de mayo de 2013, de la Sección de Administración General de esta Delegación Territorial, por el que se delega la competencia para la autenticación y compulsa de documentos mediante cotejo en el personal funcionario titular de los puestos de trabajo relacionados en el Anexo de la presente Resolución.

ANEXO

«Acuerdo de 6 de mayo de 2013, de la Sección de Administración General de la Delegación Territorial de Salud y Bienestar Social de Sevilla, por el que se delega la competencia para la autenticación y compulsa de documentos.

El Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, prevé en el artículo 23 que la competencia para la autenticación de copias de documentos que se presenten por los ciudadanos en el Registro de Documentos corresponderá a las jefaturas de sección y órganos asimilados responsables de cada Registro, los cuales realizarán el cotejo, autenticación de las copias y devolución de los originales al interesado. De no existir tales jefaturas de sección, la competencia corresponderá a la jefatura del servicio o secretaría general bajo cuya responsabilidad se gestione la función del Registro General de Documentos.

En base al artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y con objeto de facilitar la presentación de documentos por los ciudadanos y agilizar el funcionamiento del Registro y otras unidades administrativas de esta Delegación, esta Sección de Administración General, en ejercicio de las funciones que tiene asignadas,

ACUERDA

Primero. Delegar la competencia para la realización de cotejos y la expedición de copias compulsadas de documentos originales aportados por los ciudadanos, prevista en el artículo 23 del Decreto 204/1994, de 29 de agosto, en el personal funcionario destinado en esta Delegación Territorial que a continuación se cita:

Código 12065010 Administrativo.

Código 1003510 Administrativo.

Código 1003410 Administrador.

Código 3212710 Unidad de Información.

Código 1621710 Auxiliar Administrativo.

Código 12115410 Administrativo.

Código 2130010 Negociado de Recaudación y Caja.

Segundo. En las copias autenticadas que se expidan mediante cotejo en virtud de la presente delegación se hará constar expresamente esta circunstancia.

Tercero. La delegación de competencia se entiende sin perjuicio de que, en cualquier momento, el órgano delegante pueda avocar para sí el conocimiento y resolución de cuantos asuntos considere conveniente.El Jefe de la Sección de Administración General. Fdo.: José Luis Villar Iglesias.»

Sevilla, 8 de mayo de 2013.- La Delegada, Francisca Díaz Alcaide.

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