Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 94 de 16/05/2013

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 15 de febrero de 2013, del Juzgado de Primera Instancia núm. Catorce de Málaga, dimanante de procedimiento verbal núm. 1128/2010. (PP. 619/2013).

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NIG: 2906742C20100021909.

Procedimiento: Juicio Verbal (Desahucio Precario-250.1.2) 1128/2010. Negociado: 8.

Sobre: Verbal Desahucio.

De: Banco Santander, S.A.

Procuradora: Sra. María del Mar Conejo Doblado.

Contra: Antonio Villalba Bernal

EDICTO

En el procedimiento Juicio Verbal (250.2) 1128/2010 seguido en el Juzgado de Primera la Instancia núm. Catorce de Málaga a instancia de Banco Santander, S.A., contra Antonio Villalba Bernal sobre desahucio por precario, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NÚM. 278/11

En Málaga a siete de octubre de dos mil once.

Vistos por doña Marta Báguena Mesa, Magistrada Juez del Juzgado de 1.ª Instancia núm. Catorce de Málaga, los presentes autos de Juicio Verbal que registrados con el número arriba indicado se siguen a instancia de Banco Santander, S.A., representada por la Procuradora de los Tribunales señora Conejo Doblado y asistida de la Letrada señora Benavent Marino, contra don Antonio Villalba Bernal, en situación procesal de rebeldía.

FALLO

Que desestimando en su integridad la demanda formulada por la Procuradora de los Tribunales señora Conejo Doblado, en nombre y representación de Banco Santander, S.A., sobre desahucio por precario, frente a don Antonio Villalba Bernal, debo absolver y absuelvo a la demandada de la citada pretensión, con expresa condena en costas a la parte actora.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra ella será posible interponer recurso de apelación en plazo de cinco dias, que se preparará presentando escrito ante este mismo Juzgado en que se expresará la resolución apelada, la voluntad de recurrir y los pronunciamientos que se impugnan.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y encontrándose el demandado, Antonio Villalba Bernal, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

Málaga, a quince de febrero de dos mil trece.- El/La Secretario Judicial.

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