Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 95 de 17/05/2013

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente

Corrección de errores de la Resolución de 4 de abril de 2013, de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, por la que se actualizan algunas sustancias activas incluidas en el control integrado de los Reglamentos Específicos de Producción Integrada de alfalfa, algodón, ajo, almendro, arroz, cítricos, espárrago verde, flor cortada, frutales de pepita, olivar, patata, remolacha azucarera de siembra otoñal, tomate para transformación industrial, trigo duro, vid (uva para vinificación) y zanahoria/chirivía (BOJA núm. 69, de 11.4.2013).

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Advertido error en la Resolución de 4 de abril de 2013, de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, por la que se actualizan algunas sustancias activas incluidas en el control integrado de los Reglamentos Específicos de Producción Integrada de alfalfa, algodón, ajo, almendro, arroz, cítricos, espárrago verde, flor cortada, frutales de pepita, olivar, patata, remolacha azucarera de siembra otoñal, tomate para transformación industrial, trigo duro, vid (uva para vinificación) y zanahoria/chirivía, publicada en el BOJA núm. 69, de 11 de abril de 2013, se procede a su subsanación mediante la siguiente corrección:

- En la página 150, en el cuadro correspondiente al Reglamento Específico de Producción Integrada de Olivar.

Donde dice:

Plaga/enfermedad Método control químico
EXCLUIR INCLUIR

Polilla del olivo (Prays oleae)
Generación antófaga
Betaciflutrin (1)+(2)+(3)+(4) Betaciflutrin (1)+(3)+(4)

(1) No utilizar a menos de 20 metros de corrientes y láminas de agua.

(3) No utilizar en épocas ni en zonas de actividad de abejas.

(4) Mantener zonas refugio para fauna auxiliar, tales como setos, lindes, riberas o zonas de cultivo sin tratar.

Debe decir:

Plaga/enfermedad Método control químico
EXCLUIR INCLUIR

Polilla del olivo (Prays oleae). Antófaga
y Glifodes. Polilla del jazmín (Margaronia unionalis)
Betaciflutrin (1)+(2)+(3)+(4) Betaciflutrin (1)+(3)+(4)

(1) No utilizar a menos de 20 metros de corrientes y láminas de agua.

(3) No utilizar en épocas ni en zonas de actividad de abejas.

(4) Mantener zonas refugio para fauna auxiliar, tales como setos, lindes, riberas o zonas de cultivo sin tratar.

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