La Junta
Consejo de Gobierno
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Por haber resultado desconocidas las personas que se relacionan en el domicilio indicado en la solicitud, o ignorándose el lugar de la notificación, o bien, intentada la notificación, no se hubiera podido practicar, de conformidad con lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en relación con el art. 21 del Decreto 67/2008, de 26 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita de Andalucía, se procede a hacer públicas las resoluciones dictadas por esta Comisión Provincial en los expedientes instruidos en orden al archivo de la solicitud del derecho a la Asistencia Jurídica Gratuita.
Los expedientes completos se encuentran a disposición de los interesados en la Secretaría de la Comisión Provincial de Asistencia Jurídica Gratuita, sita en C/ Alcalde Muñoz, núm. 15, de Almería, a efectos de su conocimiento y ejercicio de los derechos que le asistan.
Expte. 01201300040.
Nombre y apellidos: Anna Odintsova.
Último domicilio: C/ Clavel, núm. 14, Ático A, 04700 El Ejido (Almería).
Expte. 01201300710.
Nombre y apellidos: Kamar Ouali.
Último domicilio: Camino de los Depósitos, núm. 52, 04740 Roquetas de Mar (Almería).
Expte. 01201300719.
Nombre y apellidos: María Dolores López Martínez.
Último domicilio: C/ Juan Lirola, núm. 22, 2.º E, 04007 Almería.
De conformidad con lo previsto en el art. 20 de la Ley 1/1996, de 10 de enero, modificada por la Ley 16/2005, de 18 de julio, de Asistencia Jurídica Gratuita, las resoluciones recaídas podrán ser impugnadas, por escrito y motivadamente, en el plazo de 5 días siguientes a partir de la fecha de publicación de este anuncio, ante el Secretario de esta Comisión, que remitirá el expediente al Órgano Jurisdiccional competente en la causa principal, o Juez Decano, en su caso, a fin de que se resuelva lo que proceda.
Almería, 20 de diciembre de 2013.- La Delegada del Gobierno, Sonia Ferrer Tesoro.
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