Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 102 de 29/05/2014

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 13 de marzo de 2014, del Juzgado de Primera Instancia núm. Veinticinco de Sevilla, dimanante de procedimiento ordinario núm. 783/2011.

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NIG: 4109142C20110022471.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 783/2011. Negociado: 3E.

De: Aurelia Fernández Montes.

Procurador: Sr. Luis Garrido Franco.

Contra: Delegación Provincial en Sevilla de la Empresa Pública del Suelo en Andalucía-Consejería de Obras Públicas y Vivienda, Herederos de Rafael Fernández Guisado y herederos de Manuel, Emilio y José Fernández Montes

Procurador: Sr. Eduardo Ortiz Poole.

EDICTO

En el presente procedimiento Juicio Ordinario núm. 783/11 seguido a instancia de doña Aurelia Fernández Montes frente a Empresa Pública del Suelo de Andalucía, y contra los herederos de don Rafael Fernández Guisado y doña Patrocinio Montes Torres, doña Carmen Fernández Rodríguez, don Manuel Fernández Rodríguez, doña Aurelia Fernández Rodríguez, doña Aurelia Fernández Cisneros, don Miguel Fernández Cisneros, doña Carmen Fernández Cisneros, don Rafael Fernández Cisneros, don Emilio Fernández Cisneros, don Manuel Fernández Cisneros, don Joaquín Fernández Cisneros, doña Carmen Fernández Rodríguez, don José Fernández Rodríguez, doña Aurelia Fernández Rodríguez, don Miguel Fernández Rodríguez, doña Carmen Fernández Montes y doña Dolores Fernández Montes se ha dictado sentencia de 1 de julio de 2013 que copiada en su encabezamiento y fallo así como auto de rectificación de la misma de 18 de septiembre de 2013 que copiado sus antecedentes y parte dispositiva son como siguen:

SENTENCIA núm. 185/13

En Sevilla, a uno de julio de dos mil trece.

Vistos por mí, Marina del Río Fernández, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Veinticinco de Sevilla, los presentes autos de juicio ordinario sobre acción declarativa del dominio seguidos en este Juzgado con el núm. 783/11, instados por el Procurador Sr. Garrido Franco en nombre y representación de doña Aurelia Fernández Torres con la asistencia del Letrado Sr. Escudero Carrillo, contra Empresa Pública del Suelo de Andalucía, representada por el Procurador Sr. Ortiz Poole y defendido por el Letrado Sr. López Monreal, y contra los herederos de don Rafael Fernández Guisado y doña Patrocinio Montes Torres, doña Carmen Fernández Rodríguez, don Manuel Fernández Rodríguez, doña Aurelia Fernández Rodríguez, doña Aurelia Fernández Cisneros, don Miguel Fernández Cisneros, doña Carmen Fernández Cisneros, don Rafael Fernández Cisneros, don Emilio Fernández Cisneros, don Manuel Fernández Cisneros, don Joaquín Fernández Cisneros, doña Carmen Fernández Rodríguez, don José Fernández Rodríguez, doña Aurelia Fernández Rodríguez, don Miguel Fernández Rodríguez, doña Carmen Fernández Montes y doña Dolores Fernández Montes, todos ellos declarados en rebeldía.

FALLO

Que estimando la demanda promovida por doña Aurelia Fernández Torres contra Empresa Pública del Suelo de Andalucía y contra los herederos de don Rafael Fernández Guisado y doña Patrocinio Montes Torres, doña Carmen Fernández Rodríguez, don Manuel Fernández Rodríguez, doña Aurelia Fernández Rodríguez, doña Aurelia Fernández Cisneros, don Miguel Fernández Cisneros, doña Carmen Fernández Cisneros, don Rafael Fernández Cisneros, don Emilio Fernández Cisneros, don Manuel Fernández Cisneros, don Joaquín Fernández Cisneros, doña Carmen Fernández Rodríguez, don José Fernández Rodríguez, doña Aurelia Fernández Rodríguez, don Miguel Fernández Rodríguez, doña Carmen Fernández Montes y doña Dolores Fernández Montes, debo declarar el dominio de la demandante sobre la finca registral núm. 25.348, inscrita en el Registro de la Propiedad núm. 8 de Sevilla, sita en calle Luis Ortiz Muñoz, núm. 18, bloque 420, planta 3.ª, A, de Sevilla, acordando la inscripción del domino de la demandante en el Registro de la Propiedad con cancelación del asiento contradictorio existente, todo ello sin hacer especial condena en las costas procesales a ninguna de las partes.

Esta sentencia no es firme. Contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial en el plazo de veinte días hábiles contados desde el siguiente de la notificación.

Para la admisión a trámite del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado, indicando en las Observaciones del documento de ingreso del tipo concreto del recurso seguido del código 02, de conformidad con lo establecido en la L.O. 1/2009, de 3 de noviembre, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en el apartado 5.º de la disposición adicional decimoquinta de dicha norma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el Ilmo. Sr. Juez que la dictó, hallándose celebrando audiencia pública en el día de la fecha de lo que yo, el Secretario, doy fe.

ANTECEdeNTES de HECHO

Primero. En el presente juicio se ha dictado Sentencia de fecha 4.7.13.

Segundo. En la referida resolución en el encabezamiento de la Sentencia, antecedentes de hecho y fallo se expresa doña Aurelia Fernández Torres, cuando en realidad se debiera haber expresado doña Aurelia Fernández Montes.

Tercero. Por el Procurador Sr. Luis Garrido Franco se ha presentado escrito de fecha 6.9.13 solicitando la rectificación del error anteriormente reseñado.

PARTE DISPOSITIVA

Se rectifica el encabezamiento de la Sentencia dictada en fecha 4.7.13, así como antecedentes de hecho y fallo y donde se expresa doña Aurelia Fernández Torres debe constar doña Aurelia Fernández Montes.

Esta resolución forma parte de la Sentencia de fecha 4.7.13, contándose el plazo para recurrir la misma desde la notificación de este auto (artículo 448.2 L.E.C.).

Lo acuerda y firma el/la Magistrado-Juez, doy fe.

El/La Magistrado-Juez El/La Secretario/a.

Y, para que sirva de notificación a los herederos desconocidos de doña Carmen Fernández Rodríguez se expide la presente en Sevilla a trece de marzo de dos mil catorce.- La Secretario.

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