Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 108 de 06/06/2014

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Consejería de Fomento y Vivienda

Anuncio de 21 de mayo de 2014, de la Delegación Territorial de Fomento, Vivienda, Turismo y Comercio en Almería, por el que se publica requerimiento sobre aportación de documentación en materia de transportes.

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Requerimiento: 83/2014.

Interesado: Miniexcavadoras Vícar, S.L.

CIF número: B04362687.

Domicilio: C/ Zurgena, núm. 22, 04738 Vícar (Almería).

De conformidad con lo establecido en la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (BOE de 31 de julio), modificada por la Ley 9/2013, de 4 de julio, se le requiere para que comparezca el día 23 de junio de 2014 a las 12,30 horas, mediante persona que le represente ante la Inspección de Transportes de la Delegación Territorial de la Consejería de Fomento y Vivienda de Almería, sita en calle Hermanos Machado, 4, 6.ª planta, de Almería, debiendo aportar copia de la siguiente documentación:

- Fotocopias del permiso de circulación y de la ficha de características técnicas (anverso y reverso) de los vehículos matrícula 9706-BTS, 3120-DMB y AL-5974-O.

- Fotocopias del Certificado de verificación de los tacógrafos utilizados, tarjeta de transporte de los mencionados vehículos y permiso de conducir de los conductores de dichos vehículos.

- Fotocopias del Impuesto de Actividades Económicas (o declaración censal) relativo a la actividad de la empresa y asimismo TC1 y TC2 abonado y relativo al mes de enero de 2014.

- Discos diagrama originales o CD conteniendo datos de tacógrafo digital en caso, con extensión de ficheros TGD, correspondientes al mes de enero de 2014. Asimismo, documentos de control de las mercancías transportadas en enero de 2014.

- Fotocopia del título de capacitación profesional para ejercer la actividad de transportista así como escritura pública de constitución de la Sociedad, últimos acuerdos sociales y último impuesto de sociedades presentado ante la AEAT.

- Justificación de la capacidad económica de la empresa mediante certificación del Secretario del Consejo de Administración de la Empresa acreditativa en cuanto a las anotaciones de capital y reservas, acompañada del justificante de presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales del último ejercicio cerrado.

El incumplimiento de este requerimiento podrá ser considerado como obstrucción a la labor inspectora y falta muy grave o grave, según que se imposibilite o dificulte gravemente el ejercicio de las funciones que legal o reglamentariamente tiene atribuidas la Inspección, sancionándose de acuerdo a lo establecido en el apartado 12 del artículo 140 o en el apartado 4 del artículo 141 de la Ley 16/1987, de Ordenación del Transporte Terrestre, respectivamente. Su infracción sería sancionada con multa de 4.001 a 6.000 euros (en el caso de consideración de falta de naturaleza muy grave) o con multa de 801 a 1.000 euros (en el caso de consideración de falta de naturaleza grave).

El Inspector de Transportes, Antonio González Jiménez.

Almería, 21 de mayo de 2014.- La Delegada, Encarnación Caparrós Plaza.

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