Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 108 de 06/06/2014

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Consejería de Fomento y Vivienda

Anuncio de 21 de mayo de 2014, de la Delegación Territorial de Fomento, Vivienda, Turismo y Comercio en Almería, por el que se publica requerimiento sobre aportación de documentación en materia de transportes.

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Requerimiento: 53/2014.

Interesado: Antonio Cabeo Cabeo.

CIF número 27250040F.

Domicilio: Cortijo Retratista, núm. 15, El Alquian, 04130 Almería.

De conformidad con lo establecido en la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (BOE de 31 de julio), modificada por la Ley 9/2013, de 4 de julio, se le requiere para que comparezca el día 23 de junio de 2014 a las 12,00 horas, mediante persona que le represente ante la Inspección de Transportes de la Delegación Territorial de la Consejería de Fomento y Vivienda de Almería, sita en calle Hermanos Machado, 4, 6.ª planta, de Almería, debiendo aportar copia de la siguiente documentación:

- Fotocopias del permiso de circulación y de la ficha de características técnicas (anverso y reverso) de los vehículos matrículas 8415-BFS y 8655-GLW.

- Fotocopias de las facturas emitidas por esa empresa por los servicios de transporte contratados correspondientes al periodo comprendido entre los días 1 y 30 de octubre de 2013.

- Fotocopias de las facturas recibidas por esa empresa por los servicios de transporte contratados correspondientes al periodo comprendido entre los días 1 y 30 de octubre de 2013.

- Documentación de control de los servicios de transporte correspondientes a las facturas requeridas (Orden FOM./238/2003, de 31 de enero por la que se establecen las normas de control en relación con los transportes públicos de mercancías por carretera, BOE de 13.2.2003). En el caso de transportes internacionales documentados en CMRs se deberán de aportar fotocopias de estos.

- Fotocopia del modelo 036 fiscal presentado en la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en caso de cese de la actividad de transportes.

El incumplimiento de este requerimiento podrá ser considerado como obstrucción a la labor inspectora y falta muy grave o grave, según que se imposibilite o dificulte gravemente el ejercicio de las funciones que legal o reglamentariamente tiene atribuidas la Inspección, sancionándose de acuerdo a lo establecido en el apartado 12 del artículo 140 o en el apartado 4 del artículo 141 de la Ley 16/1987, de Ordenación del Transporte Terrestre, respectivamente. Su infracción sería sancionada con multa de 4.001 a 6.000 euros (en el caso de consideración de falta de naturaleza muy grave) o con multa de 801 a 1.000 euros (en el caso de consideración de falta de naturaleza grave).

El Inspector de Transportes, Antonio González Jiménez.

Almería, 21 de mayo de 2014.- La Delegada, Encarnación Caparrós Plaza.

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