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NIG: 2300541C20102000168.
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 159/2010. Negociado: 2B.
De: Don Restituto Ortega Navarrete.
Procuradora: Sra. Rosa María Bueno Rubio.
Contra: Doña Julia Martínez Estepa.
EDICTO
En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 159/2010, seguido a instancia de don Restituto Ortega Navarrete frente a doña Julia Martínez Estepa, se ha dictado sentencia cuyo tenor literal es el siguiente:
FALLO
Que estimo íntegramente la demanda interpuesta por doña Rosa María Bueno Rubio en nombre y representación de don Restituto Ortega Navarrete contra doña Julia Martínez Estepa y condeno a ésta a abonar al actor la cantidad de 3.963.98 € más los intereses correspondientes y con expresa condena en costas para el demandado.
Esta sentencia no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación que se ha de interponer ante este Juzgado en el plazo de 20 días desde la notificación de la misma. Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado núm. 2018/0000/17/0159/10/./, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso seguido del código 02 y tipo concreto del recurso, de conformidad con lo establecido en la L.O. 1/2009, de 3 de noviembre, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en el apartado 5.º de la Disposición adicional decimoquinta de dicha norma o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita. Así por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y encontrándose dicha demandada doña Julia Martínez Estepa, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.
En Andújar, a veintidós de mayo de dos mil catorce.- La Secretaria Judicial.
«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»
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